Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 1 de Abril de 2019, expediente CSS 080706/2011/CA001

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 80706/2011 AUTOS: “L.L.A. c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS”

Buenos Aires, VISTO:

La reposición efectuada por la demandada a fs. 87/88 en relación a la sentencia obrante a fs. 79, y CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución de marras se declaró desierta la apelación de la accionada por haber expresado agravios en forma extemporánea.

Que, en su recurso, la demandada manifestó que en debido tiempo y forma acompañó

la pertinente expresión de agravios, adjuntando a efectos de acreditar ese extremo la copia de la misma y de la Resolución C.S.J.N. nº 3116/14, mediante la cual el Alto Tribunal declaró

inhábiles los días 5, 6 y 7 de noviembre de 2014, alegando que dichas jornadas no deben estimarse para el cómputo de 10 días que establece el art. 259 del CPCCN.

Que, en virtud de ello, previo todo trámite y en virtud de las previsiones del art. 120 del CPCCN y punto 3) del resuelve de la Resolución CFSS nº 16/2018, a fs. 91 por Secretaría se intimó a la presentante para que en el plazo de 3 días acompañe copia WEB de la mentada expresión de agravios a los fines de correr el traslado a la contraparte y bajo apercibimiento de tener por no presentado el escrito papel.

Que habiendo vencido el plazo concedido en el citado emplazamiento sin que se hubiere cumplimentado aquél requerimiento, procede aplicar el apercibimiento consignado y resolver en consecuencia el remedio intentado.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) hacer efectivo el...

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