Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 22 de Diciembre de 2016, expediente CFP 001211/2013/1/CA001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 1211/2013/1/CA1 CCCF -Sala I-

CFP 1211/13/1/CA1 “L., R.J. y otro s/procesamiento”

Juzgado N° 6 – Secretaría N° 12 Buenos Aires, 22 de diciembre de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal con motivo del recurso de apelación deducido por la defensa de R.J.L. contra el resolutorio que dispuso su procesamiento por haberlo considerado responsable del hecho por el que fuera indagado, calificado como incurso en el delito de peculado, en calidad de cooperador necesario, en los cobros parciales consumados identificados como casos 5,6,8,9, 13 y 14 -seis hechos-, y en grado de tentativa en relación al caso identificado como 17 -un hecho- (arts. 261, 42 y 45 C.P.). Además apeló el monto del embargo que le fue fijado en la suma de $15.000 (quince mil pesos).

    Los hechos investigados en autos involucran, además del apelante, a R.A.A. quien fue procesado en el resolutorio que se examina en orden al delito de peculado, consumado a través de dieciséis cobros parciales -hechos señalados como 1 al 16-

    y un cobro que quedó en grado de tentativa -hecho 17- en calidad de autor, y de uso de nueve cheques apócrifos a través de la puesta en circulación de documentos parcialmente falsificados por la confección de firmas apócrifas en los casos 1, 2, 3, 4, 7, 10, 11, 12 y 15 que concurren de forma ideal con el peculado (arts. 285 en función del art.

    282, 54, 261, 42 del Código Penal). El nombrado no recurrió la cautela decretada sobre su persona habiendo quedado firme su procesamiento en los términos referidos.

    Fecha de firma: 22/12/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #28540296#169683428#20161222152655883 A R.J.L. se le imputa el haber intervenido en el peculado de fondos públicos de la Obra Social del Servicio Penitenciario Federal, a través del cobro de 16 (dieciséis)

    cheques de forma irregular, por la suma de sesenta y un mil setecientos ochenta y ocho pesos con un centavo ($ 61.788,01)

    habiendo intervenido también en la falsificación de la firma de W.A.F.. Asimismo quedó en grado de tentativa el intento de cobro de un cheque por un monto de $ 5832,90 en el que R.A.A. y R.L. impusieron sus firmas y le fue secuestrado al primero.

    El S.R.A.A. estaba a cargo...

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