Sentencia de SECRETARIA ESPECIAL, 3 de Septiembre de 2013, expediente CCC 024900/2013/2/SE001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2013
EmisorSECRETARIA ESPECIAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL CCC 24900/2013/2/SE1 Legajo N° 2/SE 1 incoado en la causa N°

24900/13 “Z. J. S.

s/falsificación de documento privado”.

J.. F. n° 7. S.. n°14.

REG. SG. Nº 207/13 Buenos Aires, 3 de septiembre de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en este legajo incoado en la causa N°

24900/13 caratulada “Z.J.S. s/falsificación de documento privado”, del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, la cuestión de competencia suscitada entre éste y su par n° 12; Y CONSIDERANDO:

  1. De la lectura de las actuaciones principales se desprende que se originaron con motivo de la extracción de testimonios dispuesta por el Juzgado Federal N° 7 en el marco de la causa N° 6667/12 y su remisión a sorteo de la Excma. Cámara del Crimen. Ello a fin de que desinsacule el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción que deberá investigar en la falsificación de un carnet de la Obra Social de la Policía Federal Argentina correspondiente al afiliado n° 6888/8 (v. fs. 21/23).

    Radicadas las actuaciones en el Juzgado de Instrucción N° 14, su Titular declinó la competencia en razón de la materia en favor del fuero correccional, por considerar que el suceso “…

    encuentra adecuación típica en el delito de falsificación de documento privado previsto y reprimido en el art. 292, primer párrafo “in fine” del código de fondo cuya pena establecida no excede los tres años de prisión…” (v. fs. 26).

    Por su parte el Juzgado Correccional N° 8 que resultó

    desinsaculado no aceptó su intervención y la reintegró los actuados al Juzgado N° 7 del fuero por entender que lo pesquisado en la causa de la cual ésta es su desprendimiento “… trata de un único hecho, que se pretende escindir en varias calificaciones legales; el de la estafa en concurso ideal con el de uso de documento público falso por un lado y el de falsificación de documento privado, por el otro” (v. fs. 30/31).

    Por su parte el Dr. C. teniendo en cuenta que los autos N° 6667/12 se elevaron en su totalidad a juicio oral como también las razones que motivaron la extracción de estos testimonios, concluyó en que “…deberá ser otro Juzgado Federal el que resuelva respecto de la competencia atribuida a...

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