Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 11 de Octubre de 2019, expediente FPA 000962/2013/9/CFC002

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº FPA 962/2013/9/CA5 - CFC2 Cámara Federal de Casación Penal “Lascoste, M. s/recurso de casación”

Registro nro.: 1935/19 Buenos Aires, 11 de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en esta causa nº FPA 962/2013/9/CA5-

CFC2, caratulada: “LACOSTE, M. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores L.E.C. y J.C.G. dijeron:

  1. ) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud de, por un lado, los recursos de casación interpuestos por el F. General y la querella –

    AFIP/DGA- contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, provincia de Entre Ríos, en cuanto confirmó la resolución de fs. 1/3 vta. que dispuso el sobreseimiento de M.L. por la presunta comisión del delito de tentativa de contrabando de exportación de divisas, -que realizado el aforo pertinente sobre dicha mercadería arrojó un valor en plaza de $311.856,20-; por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (B.O. el 29 de diciembre de 2017)

    que en su artículo 250 elevó el monto previsto en el art. 947 del Código Aduanero.

  2. ) Asimismo, advertimos que en las presentaciones del F. y la querella insisten en su postura sin lograr refutar la reiterada doctrina mayoritaria de esta Cámara al interpretar como ley más benigna en temas aduaneros la ley 27.430 con sustento en los fallos del Superior dictados en el mismo sentido de in re “Palero, J.C. s/recurso de casación (Fallos 330:4544) y “S., D. s/recurso de casación”, S.765.XLVIII, del 18 de febrero de 2014, que si Fecha de firma: 11/10/2019 Alta en sistema: 15/10/2019 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA #33538096#244826385#20191015145459907 bien se refieren a la ley penal tributaria son aplicables al caso por resultar sustancialmente análogos los supuestos.

    Dicha doctrina, referente a la modificación de un elemento del delito, fue asumida en los autos “Z., V. y otros s/recurso de casación”, causa nº 15.971, reg. nº

    1376/12, rta. el 28 de septiembre de 2012 de esta Sala III; G., M.N. s/recurso de casación”, reg. nº 705/18, del 18 de junio de 2018, de la Sala IV; “B., M.J. s/ recurso de casación”; causa nº 17.001, reg. nº 20.732, del 13 de marzo de 2013 de la Sala I; y “M., M. y otros s/recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR