Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 30 de Abril de 2020, expediente FRE 009373/2017/TO01/9/CFC003
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
C.F.C.P. - SALA 1
C. N° FRE 9373/2017/TO1/9/CFC3
AMARILLO, J.R. y OTROS s/
control prórroga de prisión preventiva REGISTRO N°
Cámara Federal de Casación Penal nos Aires, 30 de abril de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I por la doctora A.M.F. como P., y los doctores D.A.P. y D.G.B. como vocales, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los Decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20 y 408/20PEN,
Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20 y 13/20 de la CSJN
y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20 y 10/20 de esta CFCP, para decidir acerca del control de prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de J.R. AMARILLO, J.D.S., FACUNDO DAVID
CEJAS, A.S.S. y J.E.L.,
en la presente causa n° FRE 9373/2017/TO1/9/CFC3.
Y CONSIDERANDO:
I) Que, de las constancias traídas a conocimiento de esta instancia, surgen elementos suficientes que justifican la habilitación de la feria extraordinaria dispuesta como consecuencia de la emergencia pública sanitaria en virtud de la pandemia declarada por el COVID-19 (Decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20 y 408/20
del PEN, Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20 y 13/20
de la CSJN y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20,7/20, 8/20,
9/20 y 10/20 de esta CFCP).
II) Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, con fecha 16 de marzo de 2020,
resolvió: “PRORROGAR por el término de un (1) año la prisión preventiva de J.R. AMARILLO, JONATAN DAVID
SEGOVIA, F.D.C., A.S.S. y J.E.L., cuyos demás datos personales son de Fecha de firma: 30/04/2020
Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1
Firmado por: F.R.F., SECRETARIO DE JUZGADO
Firmado(ante mi) por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
figuración en los autos principales, a partir del día 17
de marzo del 2020, conforme con lo dispuesto en el art. 1°
y concordantes de la ley 24.390, modificado por la ley 25.430”.
Que en atención a los fundamentos dados por el Tribunal Oral, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva decidida respecto de los nombrados y exhortar al tribunal de juicio a que, de manera prioritaria observando la presente feria extraordinaria, arbitre los medios para agilizar el trámite en miras a la pronta fijación de audiencia de debate oral.
Por lo expuesto, el Tribunal
RESUELV...
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