Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 11 de Septiembre de 2018, expediente CFP 001117/2014/9/CA006

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 1117/2014/9/CA6 CCCF- Sala II CFP 1117/2014/9/CA6 “H, D A. y otros s/procesamientos y embargos”

J.. Fed. n° 6 - sec. n° 11 Buenos Aires, 11 de septiembre de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I-Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud de los recursos de apelación contra la decisión obrante en copia a fs. 1/56 de este incidente.

Los Dres. C.M.D. y P.V. por la defensa de A F R apelaron el procesamiento dictado en contra de su pupilo en orden al delito de falsificación ideológica de documento público.

Por su parte, la Dra. L.L. cuestionó el procesamiento decretado respecto de R C por el delito de estafa y, en otra presentación, impugnó el procesamiento dispuesto sobre su otro defendido -D A H- en orden al delito de falso testimonio agravado por haberse cometido en causa criminal en perjuicio del inculpado, en concurso real con los delitos de estafa, falsificación material de documento público y falsificación ideológica de documento público, los que concurren idealmente entre sí.

Ambas defensas también impugnaron los montos de los embargos trabados sobre los bienes de sus representados.

II- En primer término, debe recordarse que estos actuados se originaron a raíz de la denuncia efectuada por H.M.M., mediante la cual daba cuenta de una posible falsificación de documentos públicos.

De los sucesos relatados en esa presentación y los que posteriormente se fueron ampliando a lo largo de la presente investigación, surge que el denunciante le había comprado a R C un camión marca Iveco modelo Stralis dominio GMA 8… en marzo del año 2013, habiéndolo retirado personalmente de la planta de la empresa GEFCO en donde se encontraba.

Fecha de firma: 11/09/2018 Alta en sistema: 12/09/2018 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #32282038#216018678#20180911130309337 A su vez, la persona que actuó como intermediario entre ellos fue R A D L T, refiriendo además que a los tres los unía una relación de amistad entablada desde la infancia, la que los llevó a acordar la transacción simplemente de palabra y por la confianza que existía entre ellos. Fue así que M se habría comprometido a abonar el pago del rodado a través de viajes que efectuara para D L T y, de ese modo, se iría cancelando el monto pactado.

Una vez que M dio por finalizado el pago total del camión, comenzó a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR