Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 1, 12 de Diciembre de 2019, expediente FRO 031000965/2010/TO01/3

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 1

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 1 FRO 31000965/2010/TO1/3 Nº 74 -E R., 12 de diciembre de 2019.-

VISTOS: Estos autos caratulados "V.P., M.S. s/ EJECUCIÓN PENAL”, expte. FRO 31000965/2010/TO1/3 de entrada; Y CONSIDERANDO QUE:

La Defensa de V.P. solicitó la incorporación de la condenada al régimen de detención domiciliaria a fs. 5/9, fundando su pedido en que V.P. es madre de una niña de tres años de edad y se encuentra embarazada.

Corrida la correspondiente vista, el F. General dictaminó precedentemente que en el presente caso se encuentran acreditados los requisitos establecidos por la ley, por lo que debe accederse a que la encartada cumpla la pena impuesta en detención domiciliaria, conforme lo normado en el art. 32, incisos e) y f), de la ley 24.660.

Coincido con la postura adoptada por el F. General en su dictamen. Teniendo en consideración la documentación agregada a fs.

5/9, resulta claro que es aplicable al presente caso lo establecido en el art. 32, incisos e) y f), de la ley 24.660, y que, por lo tanto, corresponde incorporar a M.S.V.P. al régimen de la detención domiciliaria, en forma inmediata, debiendo ser trasladada al domicilio ubicado en calle G.C. 7733 de R. por personal correspondiente a la fuerza de seguridad que actualmente custodia su lugar de alojamiento.

Sin perjuicio de lo expuesto, se dispone el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: a) se le hará saber a V.P. que bajo ninguna circunstancia deberá ausentarse de su domicilio, estableciéndose como excepción los traslados que deba efectuar para la atención médica de la menor a su cargo o del embarazo que cursa, para lo cual deberá solicitar con antelación la debida autorización; b) el control relativo a las reglas de conducta que le fueren impuestas, se verificará, transitoriamente, a través de la Dirección Provincial de Asistencia y Control Pos Penitenciario de la ciudad de R., hasta tanto se Fecha de firma: 12/12/2019 Firmado por: OTMAR PAULUCCI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.B., SECRETARIO DE CAMARA #34438946#252362872#20191212115108103 efectivice su incorporación al Programa de Asistencia de personas bajo vigilancia electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Por lo expuesto, RESUELVO:

  1. - Ordenar...

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