Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 27 de Abril de 2020, expediente FRO 054000026/2007/TO01/25/CFC010

Fecha de Resolución27 de Abril de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

54000026

Legajo Nº 25 - IMPUTADO: STAHLBERG,

V.C.N.

Cámara Federal de Casación Penal s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION

PREVENTIVA

Buenos Aires, 27 de abril de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I por la doctora A.M.F. como P., y los doctores D.A.P. y D.G.B. como vocales, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los Decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20 y 408/20 del PEN, Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20 y 13/20 de la CSJN y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20 y 10/20 de esta CFCP, para decidir acerca del control de prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de VÍCTOR CARLOS

NICOLÁS STAHLBERG, en la presente causa N° FRO

54000026/2007/TO1/25/CFC10.

Y CONSIDERANDO:

I) Que, de la resolución traída a conocimiento de esta instancia por intermedio del Sistema de Gestión Judicial “LEX

100”, surgen elementos suficientes que justifican la habilitación de la feria extraordinaria dispuesta como consecuencia de la emergencia pública sanitaria en virtud de la pandemia declarada por el COVID-19 (Decretos 260/20,

297/20, 325/20, 355/20 y 408/20 del PEN, Acordadas 4/20,

6/20, 8/20, 10/20, 12/20 y 13/20 de la CSJN y Acordadas 3/20,

4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20 y 10/20 de esta CFCP).

II) Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, provincia de Buenos Aires, en fecha 16 de marzo de 2020,

resolvió prorrogar la prisión preventiva de VÍCTOR CARLOS

NICOLÁS STAHLBERG, por el término de un año, a partir del día 21 de marzo del año en curso (art. 1° de la Ley 24.390, texto según Ley 25.430).

Que, en atención a que el nombrado se encuentra detenido desde el 4 de mayo de 2017 y que la prórroga dispuesta por el Tribunal supera el plazo establecido por la ley 24.390,

corresponde tomar nota de la prórroga por el plazo de seis (6) meses y exhortar al tribunal de juicio a que, observando la presente feria extraordinaria judicial, tome los recaudos necesarios a fin de fijar fecha para la iniciación del debate en las presentes actuaciones y resolver la situación procesal del nombrado.

Fecha de firma: 27/04/2020

Alta en sistema: 28/04/2020

Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1

Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

Firmado por: J.I.P., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL...

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