Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 4 de Julio de 2019, expediente CPE 653/2018/2

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2019
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 653/2018/2/CA1 Reg. Interno N° 532/2019 LEGAJO DE APELACIÓN DE M.S.Y.B., M. L.EN AUTOS:

M.S. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769

CPE 653/2018/2/CA1, Orden N° 32.414, Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9, Secretaría N° 17, S. “A”

fjp x mv nos Aires, 4 de julio de 2019.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el representante del ministerio público contra la resolución del juez a quo que dispuso sobreseer a M.L.B..

El recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor de M.S. contra la resolución del juez a quo que dispuso el procesamiento y embargo de los bienes de la sociedad mencionada.

El memorial presentado por el F. General de Cámara en sustento de su recurso.

Lo informado oralmente por el abogado defensor de M.S.

Y CONSIDERANDO:

I) Que en el caso se trata de la retención de impuestos efectuada por la sociedad anónima unipersonal de cuyo directorio el imputado era vicepresidente.

Que en oportunidad de prestar declaración el imputado acompañó un escrito en el cual negó toda intervención en el hecho explicando que su cargo de vicepresidente no implicaba su intervención en la administración de la sociedad.

Que lo resuelto por el juez, en lo que concierne al sobreseimiento de B., se funda en que no habría intervenido en el hecho.

Que el representante del ministerio público señala que los descargos de B.no están corroborados y en que no se han evacuado sus citas de descargo.

Que esas objeciones merecen ser atendidas dando lugar a que se evacúen las citas de descargo en especial en cuanto a escuchar a la persona señalada como responsable de la administración de la sociedad.

Fecha de firma: 04/07/2019 Alta en sistema: 11/07/2019 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.O.C., SECRETARIO DE CAMARA #33650366#238926210#20190705085106835 CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 653/2018/2/CA1

II) Que en lo que se refiere al procesamiento y embargo de los bienes de M.S., lo resuelto por el juez se funda en que en nombre de la sociedad mencionada se habría efectuado una retención del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal febrero de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR