Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 22 de Noviembre de 2023, expediente FMZ 018694/2021/TO01/13/CFC001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FMZ 18694/2021/TO1/13/CFC1

M.T., S.I. y otros s/ legajo de prórroga de prisión preventiva

Registro nro.: 1393/23

Buenos Aires, 22 de noviembre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Con invocación de las previsiones del art. 1º de la ley 24.390, el Tribunal Oral Federal nro. 1 de Mendoza resolvió “1°) PRORROGAR la prisión preventiva establecida en relación a C.A.J.M.T. y E.S.I.M.T. -a partir del 15 de noviembre de 2023- por el término de SEIS (6) MESES O HASTA LA

FINALIZACIÓN DEL DEBATE ORAL, lo que ocurra primero (art. 1 de la ley 24390), quienes deberán continuar detenidos a disposición del tribunal y sujetos a las resultas de la presente causa.2º) PRORROGAR la prisión preventiva establecida en relación a N.I.R.B. y J.N.V.R. –a partir del 16 de noviembre de 2023- por el término de SEIS (6) MESES O HASTA LA FINALIZACIÓN DEL DEBATE ORAL, lo que ocurra primero (art. 1 de la ley 24390), quienes deberán continuar detenidos a disposición del tribunal y sujetos a las resultas de la presente causa”.

En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundada en las condiciones de la norma citada y, a que se ha fijado fecha de iniciación de la audiencia de debate para el 23 de abril de 2024 (cfr. surge de la resolución a estudio),

habrá de tomarse nota de la medida adoptada, y encomendarse al tribunal de juicio que con la mejor utilización de las herra-

mientas tecnológicas a su disposición garantice el comienzo Fecha de firma: 22/11/2023

Alta en sistema: 23/11/2023

Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

del debate en la fecha señalada y, a la vez, exhortarlo a que,

iniciado, imprima celeridad a su desarrollo.

Por lo expuesto, el tribunal,

RESUELVE:

  1. TOMAR NOTA de la prórroga de prisión preventiva dispuesta respecto de C.A.J.M.T.,

    E.S.I.M.T., N.I.R.B. y J.N.V.R..

  2. ENCOMENDAR al tribunal a que utilice todas las herramientas tecnológicas a su disposición para garantizar el comienzo del debate en la fecha señalada y, a la vez, EXHOR-

    TARLO a que, iniciado, imprima celeridad a su desarrollo.

    Regístrese, comuníquese, hágase saber lo aquí

    resuelto al a quo mediante oficio de estilo y, cúmplase con las anotaciones ordenadas.

    Firmado: G.J.Y., A.E.L. y A.W.S..

    Ante mí: M.A.T.S., Secretaria de Cámara.

    Fecha de firma:...

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