Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 20 de Noviembre de 2018, expediente CFP 003215/2015/11/CFC004

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 3215/2015/11/CFC4 REGISTRO NRO. 1794/18.4 la ciudad de Buenos Aires, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, se reúne la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor M.H.B. como P. y los doctores G.M.H. y D.B. como Vocales, asistidos por la Secretaria actuante, a los efectos de resolver los recursos de casación interpuestos a fs. 260/281 y 282/359 de la presente causa CFP 3215/2015/11/1/CFC4 del registro de esta Sala, caratulada: “ECHEGARAY, R.D.; TONINELLI, A.R. s/ recurso de casación"; de la que RESULTA:

  1. Que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, resolvió, en la causa 3215/2015/11/CA de su registro interno, con fecha 8 de agosto de 2018, en lo que aquí interesa: confirmar la decisión apelada en cuanto rechazó la excepción de falta de acción promovida por las defensas de R.D.E. y de Ángel Rubén Toninelli (Cfr. fs. 250/256vta.).

  2. Que, contra dicha decisión, los doctores L.C.A. y M.A.A.D., abogados defensores de R.D.E.; y el doctor G.D.S., abogado defensor de Á.R.T., interpusieron recursos de casación (cfr. fs. 260/281 y 282/359), los que fueron concedidos a fs. 362/362vta.

  3. Que la defensa de R.D.E. encarriló sus agravios en orden al segundo supuesto casatorio previsto por el art. 456 del código de forma.

    Dijo que en el caso se violaron las formas esenciales del debido proceso legal y que la resolución cuestionada resulta arbitraria y contiene Fecha de firma: 20/11/2018 Alta en sistema: 21/11/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CASACIÓN FEDERAL Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #32103300#221949742#20181121112012859 vicios que la desnaturalizan como decisión razonada del derecho vigente.

    Concretamente dijo que los sobreseimientos dictados en las causas 420/2015 y 2835/2015 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 5 de esta ciudad abarcaron la totalidad de las hipótesis delictivas por las cuales se impulsó la acción penal y que el señor F. que intervino en dichas actuaciones es el mismo que interviene en las presentes; agregó que el propio fiscal consideró que los hechos investigados en todas las causas señaladas se trataban de “idénticos procesos” y que esas circunstancias no...

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