Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 25 de Noviembre de 2016, expediente FSM 060354/2015/TO01/11/CFC001

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 60354/2015/TO1/11/CFC1 Martín, 25 de noviembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente caratulado “Legajo de prórroga de prisión preventiva”, formado en el marco de la causa FSM/60354/2015/TO1/11 (número interno 3681), de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 5 de S.M..

Y CONSIDERANDO:

I. Que el fiscal de grado a fs. 1948/1952 solicitó la elevación a juicio de las presentes actuaciones, teniendo por probado que “...desde el día 2 de julio de 2.013 hasta el 5 de junio de 2.014, un grupo de más tres personas en forma organizada -entre los que se encontraban al menos M.P.I., S.L.S., A.A.G., R.L.P., A.V., A.L.S., M.G.C., M.L.M., J.D.V.-, han utilizado -al menos-las siguientes viviendas 1) finca ubicada en el interior del barrio denominado "el arrebato", de la localidad de Villa Adelina, partido de San Isidro (sita sobre el primer pasillo ubicado en la calle N., yendo desde Los Ceibos hacia Castillo, Fecha de firma: 25/11/2016 Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #28477311#167817526#20161125132636133 transitando por el pasillo 30 metros sobre la mano izquierda, resultando una finca cuyas paredes se encuentran pintadas de color bordó con rejas de color negro); 2) Corrientes Nro. 1.537 de la localidad de M., partido de San Isidro; 3) S.M.N..

7.720 entre calle A y 21 de junio de la localidad de J.L.S., partido de General S.M.; 4)

Barrio Privado Jardines de Escobar sito O. y S. de la localidad y partido de E., casa número 45; 5) V.N.. 6.035 de la localidad de V.B., partido de San Martín; 6) B.N.. 1.536 de la localidad de J.L.S., partido de San Martín; 7) Pasaje 39 Nro. 6.935, entre Santa Cruz y G., de la localidad de J.L.S., partido de San Martín; 8) Pasaje 39 Nro.

6.988, entre Santa Cruz y G., de la localidad de J.L.S., partido de San Martín; 9) L.N.. 6.229 de la localidad de V.B., partido de San Martín; 10) H.N.. 8.178 de la localidad de J.L.S., partido de San Martín; como lugares de guarda de material estupefaciente -tanto cocaína y marihuana-, así también como puntos de entrega y mismo como puntos de venta al menudeo de Fecha de firma: 25/11/2016 Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #28477311#167817526#20161125132636133 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 60354/2015/TO1/11/CFC1 dichas sustancias ilegales; siendo que en estos últimos entregaban cantidades fraccionadas a cambio de dinero a los eventuales adquirentes que se hacían presentes. Han utilizado también para ocultar y trasladar el material estupefaciente -específicamente la cocaína- los vehículos marca Volkswagen Sirocco dominio LYM-733, V.A. dominio IKE-790 y Fiat Idea Adventure domino JKU-687; los que estacionaban asiduamente en el garaje sito en 11)

L. sin número (visto de frente a la derecha del número 5836, el que posee un portón de ingreso de color amarillo) de V.B., partido de S.M.. En fecha 5 de junio de 2.014 al producirse los allanamientos ordenados en autos; de la casa identificada como 1) se procedió al secuestro de una bolsa conteniendo veintiún (21) envoltorios de nylon color con un peso total de 10 gramos; varios recortes de nylon propios para envolver el estupefaciente para su posterior venta y el D.N.

I. Nro. 32.272.292 a nombre de R.L.P.; de la casa identificada como 4) se procedió al secuestro de una bolsa de nylon transparente albergando un total de treinta y dos (32) trozos compactos en forma Fecha de firma: 25/11/2016 Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #28477311#167817526#20161125132636133 cilíndrica de cocaína con un peso total de 337,4 gramos, a su vez, en el acceso de esa vivienda estaba estacionada la camioneta Volkswagen Amarok dominio IKE-790, de cuyo interior se procedió al secuestro desde debajo del asiento de conductor de dieciséis (l6) trozos compactos en forma cilíndrica de cocaína con un peso total de 170,3 gramos; de la vivienda identificada como 6) se procedió al secuestro de cuatro (4) trozos compactos de marihuana (tres de ellos recubiertos en papel metalizado y el restante en cinta de embalar color marrón) con un peso total de 2.287 gramos, diez (10) trozos compactos en forma cilíndrica de cocaína con un peso total de 103 gramos; una balanza marca "E.C.S." modelo SF400 y dos rollos de papel film, elementos estos empleados para el fraccionamiento y peso del estupefaciente para su posterior venta; de la vivienda identificada como 7) se procedió al secuestro de dieciséis (16) trozos compactos en forma cilíndrica de cocaína con un peso total de 108,7 gramos; de la vivienda identificada como 8) se procedió al secuestro de tres (3) envoltorios de nylon albergando cocaína con un peso total de 26 gramos, nueve (9) trozos Fecha de firma: 25/11/2016 Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #28477311#167817526#20161125132636133 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 60354/2015/TO1/11/CFC1 compactos en forma cilíndrica de cocaína con un peso total de 95 gramos y la suma de $563 presumiblemente fruto del comercio ilícito de drogas; del interior de la vivienda identificada como 9) se procedió al secuestro de seis (6) trozos compactos en forma cilíndrica de cocaína con un peso total de 62 gramos, una balanza marca "Gama" modelo Italy, elemento propio para el peso y fraccionamiento del estupefaciente para su posterior venta y la suma de $265 presumiblemente fruto del comercio ilícito de...

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