Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 27 de Mayo de 2020, expediente CFP 001188/2013/TO01/81/1/1/CFC036

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº CFP

1188/2013/TO1/81/1/1/CFC36

De los R., J.A. Cámara Federal de Casación Penal s/recurso de casación

Registro nro.:

Buenos Aires, 27 de mayo de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa 1188/2013/TO1/81/1/1/CFC36 del registro de esta Sala III, caratulada: “De los R., J.A. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de esta ciudad, con fecha 29 de abril de 2020 resolvió no hacer lugar a la solicitud de arresto domiciliario efectuada en favor de J.A. De los R..

  2. Que, contra dicha decisión, la defensa particular dedujo recurso de casación, el que fue concedido por el a quo.

    La asistencia técnica invoca la inobservancia o errónea aplicación del art. 32 inc. “f” de la ley 24.660, porque la madre de De los R. es una persona mayor –tiene 87 años de edad-, que presenta notables afecciones y su salud se complica día a día.

  3. Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791;

    316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

    Que en el sub judice, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción a dicho principio general, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la petición.

    Cabe destacar que a efectos de denegar el arresto domiciliario de De los R., el magistrado de ejecución ponderó

    en primer término que el mencionado se encuentra cumpliendo pena Fecha de firma: 27/05/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 1

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    por haber sido condenado como coautor del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso real con el delito de estrago culposo agravado por haber causado la muerte...

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