Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 21 de Noviembre de 2019, expediente FRE 011267/2019/1/CA001

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Legajo de Apelación en autos “AVALOS, W.A. S/ HÁBEAS CORPUS”, Expte. Nº FRE 11267/2019/1/CA1”, proviene del Juzgado Federal Nº1 de Formosa; y CONSIDERANDO:

1) Que la presente acción de hábeas corpus arriba a esta Alzada en apelación en virtud del art. 19 y cctes. Ley 23.089.

2) Que el recurso fue planteado por la Dra. Y.I. en representación del Servicio Penitenciario Federal, quien interpuso formal recurso de apelación contra lo resuelto en la audiencia llevada a cabo en fecha 24/10/2019.A efectos de una mayor claridad en la exposición reseñaremos que USO OFICIAL las presentes actuaciones se iniciaron a través de una presentación efectuada por el Dr. W.A.A. en representación del interno F.V.M.- en los términos de los arts. 2 y 3 de la Ley 23.098, la que se encuentra agregada a fs. 1/2 del presente legajo. En tal oportunidad, el profesional denunció que su defendido fue sacado de la celda donde se hallaba alojado en la Unidad Penitenciaria Federal Nº 10, siendo trasladado por personal de dicha Institución a los fines de propinarle golpes en diversas partes del cuerpo, los cuales le ocasionaron lesiones, perdiendo movilidad en ambos miembros inferiores, razón por la cual el interno fue trasladado al Hospital Central, custodiado por miembros del SPF, donde permaneció

internado dos días.

Agrega el presentante que las lesiones habrían sudo provocadas por dos agentes del SPF de apellido C.. Solicita producción de pruebas, medidas urgentes y la realización de la audiencia prevista en el art. 14 de la Ley 23.098.

Ante lo solicitado, el J. cita a los involucrados en virtud del art.

13 y cctes. de la precitada ley que rige la materia.

En la referida audiencia el interno ratificó los términos de la presentación al tiempo que el Subdirector de la Unidad Carcelaria afirmó

desconocer los hechos que mencionó el interno, agregando que C. es un Fecha de firma: 21/11/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.R., SECRETARIO #34266149#249532605#20191121103648910 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

agente que presta servicios en la sección requisa y que M. estuvo sólo unas horas en el hospital en observación.

A su vez la médica de la Unidad denunciada expuso –en lo que aquí interesa- que el 7 de octubre el interno pidió una audiencia porque tenía una lesión lumbar, y le indicó analgésicos, inyectables y reposo. Agregó que el día 12 de ese mes le avisa el enfermero que al interno lo tienen que sacar en silla de ruedas porque no podía caminar, por lo que lo llevaron...

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