Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 11 de Octubre de 2016, expediente CPE 000091/2015/4/1/CA003

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 91/2015/4/1/CA3 Reg. Interno N° 517/2016 LEGAJO DE APELACIÓN DE D.D.G., E.M.J. EN AUTOS:

D.D.G., E.M.J.;C.D.C., M.C. SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415

.

CPE 91/2015/4/1/CA3; N° de Orden 30.336 – Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 5, Secretaría N° 9 – Sala “A”.

GS (mr)

Buenos Aires, 11 de octubre de 2016.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por los abogados defensores de E.M.J.D. d.G. contra la resolución que dispuso el procesamiento y el embargo sobre los bienes de su asistido.

Lo informado por uno de los apelante en sustento de su recurso.

CONSIDERARON:

El Dr. H.:

Que lo resuelto se funda en la estimación de que el imputado habría intentado ocultar mercadería que debía someter al control aduanero. Entendió el a quo que el dinero que llevaba consigo E. M.

J. D. d. G. en un maletín que se encontraba en el interior de su automóvil, en ocasión de viajar al exterior, cuarenta y dos mil quinientos ochenta dólares (U$S 42.580), constituye mercadería y que esa manera de llevarla implica su ocultación.

Que, como se ha señalado en diversos precedentes de este tribunal, los instrumentos meramente representativos de valores dinerarios no constituyen mercaderías susceptibles de importación o exportación, salvo que se trate de compras o ventas de billetes hechas por entidades emisoras (conf. R.. 260/05, 667/08, 114/11 y CPE 277/2016/4/CA1 de fecha 7 de julio de 2016, Registro Interno N°: 347/16 de Sala “A” entre otros).

Fecha de firma: 11/10/2016 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.N., SECRETARIA DE CAMARA #28804231#164042632#20161012095402143 Que la equiparación del dinero a una mercancía supone una perspectiva anacrónica. Lleva a retrotraerse a economías primitivas basadas en el trueque. Tal vez podría hallarse parangón en el empleo como moneda de metales preciosos o bien en el sistema monetario basado en el patrón oro que tuvo vigencia en el siglo XIX y que fue abandonado en el siglo XX al estallar la primera guerra mundial y que quedó finalmente descartado con las medidas económicas adoptadas por los Estados Unidos en 1971. Hoy en día todas las naciones del mundo emplean dinero fiduciario.

Que si bien se registran precedentes de la Cámara Federal de Casación Penal en sentido contrario al expresado, debe darse preeminencia...

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