Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 2 de Mayo de 2016, expediente CCC 062976/2007/TO01/1/CFC001

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2016
EmisorSala 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Cámara Federal de Casación Penal Sala I – 62976/2007/TO1/1/CFC1 BANEGAS ANTONIO ERNESTO Y OTROS Cámara Federal de Casación Penal Reg. Nº 676/16.1 Buenos Aires, 28 de abril de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N.. 16.591 del Registro de este Tribunal, caratulada: “B., A.E. s/recurso de casación”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 584/597 vta. por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. G.L., asistiendo a A.E.B. contra la resolución de fs. 570/583 vta. (Reg. N.. 24.578), en cuanto resolvió rechazar el recurso de casación presentado por la defensa del nombrado contra la sentencia que había resuelto condenarlo a la pena de cinco años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable del delito de abandono de persona seguido de muerte (artículo 106, tercer párrafo, del Código Penal de la Nación).

Que el recurso extraordinario federal se interpuso en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48, 6 de la ley 4055 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Y CONSIDERANDO:

La señora jueza, doctora A.M.F. dijo:

En su presentación, el defensor oficial expresa que la sentencia dictada por esta Sala “supone el desconocimiento del derecho de defensa en juicio (…) el derecho a la doble instancia” y “vulnera el principio de congruencia al excluir arbitrariamente las cuestiones propuestas y remitirse a lo expuesto en el fallo apelado sin aportar argumentos propios”

(fs. 596 vta.).

Ahora bien, de la lectura del escrito en cuestión surge que esas graves afirmaciones carecen de fundamentación, que permita entender en qué pudieron haber consistido las afectaciones de derechos constitucionales que se denuncian genéricamente. En efecto, luego de transcribir la sentencia que pretende impugnarse, el recurrente enuncia que refutará

Fecha de firma: 02/05/2016 1 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA #28239313#152299841#20160502101500994 “todos y cada uno de los fundamentos independientes que den sustento a la decisión apelada en relación con las cuestiones federales planteadas” (fs. 595 vta.); sin embargo, desde allí

y hasta el final, el recurso contiene sólo generalidades que no guardan relación alguna con el...

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