Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN, 18 de Mayo de 2018, expediente FGR 013263/2016/TO01/4

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN FGR 13263/2016/TO1/4 NEUQUÉN, 9 de abril de 2018.-

Por recibido y agregado lo actuado en ámbitos de la Unidad 9 del Servicio Penitenciario Federal ( fs.57/60 ), así como el dictamen fiscal ( fs. 61 ), téngase presente.-

De las actuaciones agregadas a fs. 57/60, estése a lo resuelto mediante Auto Interlocutorio N° 46/2018 ( ver. ss. 51/52 ).-

De lo solicitado a fs. 54/55, pasen autos a despacho para resolver.-

Ante mí:

Fecha de firma: 18/05/2018 Firmado por: M.W.G., Juez de Ejecución Firmado(ante mi) por: V.H.C., SECRETARIO #30389464#203053200#20180409092817707 Fecha de firma: 18/05/2018 Firmado por: M.W.G., Juez de Ejecución Firmado(ante mi) por: V.H.C., SECRETARIO #30389464#203053200#20180409092817707 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN FGR 13263/2016/TO1/4 NEUQUÉN, 9 de abril de 2018.-

VISTO:

El legajo caratulado ““PACHECO, A.S. s/

Ejecución Penal”, E.. Nº FGR 13263/2016/TO1/4, en trámite por ante esta Judicatura, y CONSIDERANDO:

  1. - Que, a través de la presentación adunada a fs.

    54/55, el Dr. N.G. –Defensor Público Oficial- del interno A.S.P. -, solicitó que en función de los logros académicos alcanzados por el nombrado y de acuerdo con lo previsto por el Artículo 140 – inciso B – de la Ley 24.660, se le otorgue una reducción de dos ( 2 ) en los plazos requeridos para el avance en las distintas fases del régimen de progresividad.-

    A fs. 46 corre agregado el certificado pertinente.-

  2. - Que, el titular del Ministerio Público Fiscal (

    fs. 61 ), adhirió al pedido hecho por el Dr. GARCÍA.-

  3. - Que, así el estado de cosas, acoto en primer término que el Artículo 140 de la Ley 24.660 – texto conforme Ley 26.695 – autoriza la reducción de los plazos para el avance a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario, en dos ( 2 ) meses, por curso de formación profesional anual o equivalente ( cfr. inc. b ).-

    Que, siendo ello así, en supuestos análogos al que nos ocupa ( ver – entre otras – R.

    1. N° - interno – 35 del 28 de Fecha de firma: 18/05/2018 Firmado por: M.W.G., Juez de Ejecución Firmado(ante mi) por: V.H.C., SECRETARIO #30389464#203053200#20180409092817707 febrero de 2018 en el legajo “FIGUEROA” – N° Expte. FGR 5759/2014/TO1/6 ), y de acuerdo con lo previsto por las normas citadas en el párrafo anterior, dispondré la reducción de los plazos para el avance del interno A.S.P., a través de las distintas fases y períodos...

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