Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 15 de Febrero de 2019, expediente FMZ 001515/2013/TO01/24
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS FMZ 1515/2013/TO1/24 San Luis, 15 de febrero de 2019.
Y VISTO:
El presente Legajo de Ejecución Penal de GATICA, Miguel
Ángel, nº FMZ 1515/2013/TO1/24, traído a despacho para resolver sobre el
pedido de libertad condicional formulado respecto del interno Miguel Ángel
Gatica;
Y CONSIDERANDO:
-
Que, mediante trámite iniciado ante el SPP obrante a fs.
430/431 la Defensora Oficial doctora C. I. solicitó se conceda la
libertad condicional a su asistido M..
Que a fs. 432/449 se incorporaron los informes de las
distintas áreas del Servicio Penitenciario Provincial y la resolución del Director de
la Unidad Uno Penados Mayores, quien, conforme lo sugerido en el seno del
Consejo Correccional, concluyó favorecer la incorporación del interno G. al
beneficio de libertad condicional.
Finalmente, el Ministerio Público Fiscal, se expide a fs. 451,
efectuando un detalle de los informes emitidos por las áreas del SPP, todos
favorables, opinando que corresponde hacer lugar a la concesión del beneficio de
libertad condicional.
-
Este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis,
con fecha 09 de mayo de 2017, mediante Sentencia N° 529, resolvió condenar a
M., a cumplir la pena de seis años de prisión, multa de pesos
tres mil ($ 3.000,00) y costas.
Que, del cómputo del vencimiento de la pena impuesta a
G., obrante en el quinto párrafo del punto Sexto del testimonio de Sentencia
glosado a fs. 14/24 del legajo de Ejecución Penal, surge que el nombrado cumple
los dos tercios de la condena el día 14 de febrero de 2019.
Fecha de firma: 15/02/2019 Firmado por: R.A.F., JUEZ DE EJECUCION Firmado(ante mi) por: M.E.S., SECRETARIA SUPLENTE #30044052#226869354#20190215124742650 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS FMZ 1515/2013/TO1/24 De esta manera, M., a esa fecha, cumple con el requisito
temporal exigido por el art. 13 del Código Penal.
Además, se desprende dictamen favorable del Director de la Unidad 1 del
Servicio Penitenciario Provincial, como así también que el encartado no registra
sanciones; según el acta del Consejo Correccional obrante a fs. 444 en el cuarto
período calificado de 2018 ha tenido conducta ejemplar y concepto muy bueno, y
ha finalizado la capacitación relacionada “Neurociencia y el Deporte” en la
Universidad Siglo XXI, habiéndose adaptado a la vida institucional.
Asimismo desde abril de 2018 se encuentra con el beneficio de salidas
laborales, Régimen de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba