Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 27 de Febrero de 2018, expediente FMP 091006590/2014/TO01/10

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA E.P.- FMP 091006590/2014/TO01/10-19-04-19.PT1 M. delP., febrero de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente Nº FMP 91006590/2014/TO1/10 caratulado “BERNARD. LUCAS S/INC. DE EJECUCIÓN DE PENA”, de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, y 1) Que a fs. 121/122, la defensa técnica del encartado L.B., solicitó, de los demás fundamentos que en honor a la brevedad se tienen por reproducidos, la incorporación de su asistido al periodo de prueba de la progresividad del régimen penitenciario (arts.

6, 7 y 15 y cc de la ley 24.660) y consecuentemente su incorporación al régimen previsto arts. 16 y ss de la ley 24.660.-

2) A su turno el Sr. Fiscal General por ante este Tribunal, Dr. J.M.P., dictaminó a fs. 192, entendiendo que corresponde incorporar al interno en autos al régimen de salidas transitorias (arts. 16 y ss de la ley 24.660). Para ello tuvo presente el tiempo de detención que lleva cumplido, (vfs. 24) que no se le han aplicado sanciones disciplinarias en el último trimestre y que registra conducta ejemplar diez (art. 165).-

Y CONSIDERANDO:

Tal como surge de la sentencia condenatoria recaída en causa nro. FMP 91006590/2014/TO1, la cual al día de la fecha no se encuentra firme, L.B., filiado en autos, el día 26 de septiembre de 2015 fue condenado por este Tribunal a la pena de siete (7) años Fecha de firma: 27/02/2018 Alta en sistema: 28/02/2018 Firmado por: N.R.P., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: G.D.M., SECRETARIO FEDERAL #29014964#199608367#20180227094008781 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA E.P.- FMP 091006590/2014/TO01/10-19-04-19.PT1 de prisión, multa de pesos dos mil ($2.000.-) y costas del proceso por haber sido encontrado coautor penalmente responsable del delito de “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego” del que fueran víctimas M.V y M.V, el que concurre materialmente con los delitos de “tenencia ilegal de armas de fuego de uso civil” (dos hechos) y “tenencia ilegal de arma de fuego de guerra de uso condicional”, estos últimos concurriendo en forma ideal. (arts. 5, 29 inc. 3, 40, 41, 45, 54, 55, 149 bis primer párrafo, 189 bis inc. 2 párrafo primero y segundo).-

Que conforme surge del acta de visita carcelaria (art. 208 ley 24.660), el interno en autos manifestó su expresa voluntad de ser incorporado al régimen anticipado y voluntario de cumplimiento de pena (vfs. 169), circunstancia que ha sido...

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