Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 21 de Octubre de 2016, expediente CCC 025170/2014/TO01/1

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CCC 25170/2014/TO1/1 Causa n° 1767/14. “O., M.F. s/ inf.

arts. 173, inciso 15°, y 296 en función del 292 del C.P.” – legajo de condena n° 214/C”.

Registro n° 6949 Buenos Aires, 21 de octubre de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. ) A fs. 23/4, la defensa de M.F.O. requirió la reconsideración del guarismo de concepto que su asistido mantiene desde el primer trimestre del año en curso, pues habría cumplido todos los objetivos fijados por las autoridades penitenciarias, al tiempo que su reciente evaluación, luego de permanecer detenido durante más de dos años, vulneraría el derecho a una pena resocializadora al impedirle avanzar adecuadamente dentro del tratamiento progresivo.

  2. ) Al contestar la vista que le fue conferida, el señor fiscal propició el rechazo de la pretensión, por no advertir arbitrariedad en la calificación del interno, de acuerdo a lo consignado en los informes del Servicio Criminológico y la División Seguridad Interna que citó (fs. 36/7).

  3. ) Tal como surge del acta cuya copia se agregó a fs. 33/4, la segunda área indicó que O. mantuvo en el mes de septiembre un concepto regular (4), tras apuntar que se encuentra afectado a tareas laborales, Fecha de firma: 21/10/2016 Alta en sistema: 28/10/2016 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ FEDERAL Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #28663887#165078678#20161028113305565 recibe diversas visitas, cuida de las instalaciones, observa los horarios establecidos, así como las pautas de higiene, y lleva una convivencia regular con sus pares.

    Sobre este último aspecto, no obstante, remarcó dos circunstancias relevantes para el resultado de la ponderación: por un lado, “un comportamiento no muy comprometido en lo que se refiere a la colaboración de las actividades diarias que hacen a la dinámica grupal de los alojados, priorizando aquellas tareas que son de armonía y respeto”; por otro, “reticencias al cumplimiento de indicaciones emanadas por la [a]utoridad [p]enitenciaria, [...] con gran impulsividad a las denuncias mal infundadas con el fin de conseguir algún tipo de beneficio propio o por el simple hecho de provocar un malestar en el personal”.

  4. ) En primer lugar, a efectos de decidir sobre la admisibilidad de la petición, cabe determinar si el ordenamiento vigente autoriza la revisión jurisdiccional de la decisión impugnada. A este respecto, la ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR