Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 29 de Diciembre de 2023, expediente FMZ 055475/2019/6/CA002
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 55475/2019/6/CA2
Mendoza, 29 de diciembre de 2023.
AUTOS Y VISTOS:
Los presentes autos FMZ 55.475/2019/6/CA2 caratulados “LEGAJO
DE APELACIÓN EN AS. JOFRE, DANTE FRANCISCO Y OTROS P/
DEFRAUDACIÓN CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA”
venidos a esta Sala “B” en virtud del recurso de reposición deducido por la
defensa de F.J., J.R.S. y C.R.V.
contra el decreto de fecha 17/11/2023;
Y CONSIDERANDO:
1) Que la defensa de J., S. y V. interpone recurso de
reposición contra la providencia de fecha 17/11/2023 en cuanto dispuso: ““…
atento que la Dra. J.E.M. (por J.R.S., Dante
Francisco Jofre y C.R.V., no ha presentado informe digital, en
sustitución de la audiencia, no obstante estar debidamente notificada, téngase
por desistido el recurso de apelación interpuesto en autos contra la
resolución de primera instancia.”; ello, dado que su padre falleció una
semana exacta anterior al día 2 de noviembre de 2023, fecha en la que fuera
notificada de la audiencia prevista del día 17 de noviembre.
En virtud de ello, precisó que “…la situación de fallecimiento de mi
padre, F.R.E., no solo de ser intempestiva generó una
situación de extrema complejidad en mi salud psicofísica, lo que llevó a
ausentarme de mis labores rutinaria por el plazo de dos semanas…”
2) Que el Sr. Fiscal General contestó la vista conferida y solicitó se
haga lugar al recurso articulado, se tenga como presentado el informe y
agravios en función de lo afirmado en el recurso de apelación oportunamente
interpuesto por la recurrente.
Fecha de firma: 29/12/2023
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL
3) Analizadas las constancias de la causa, entiende este Tribunal que
corresponde hacer lugar al recurso de reposición formulado y, en
consecuencia, revocar el proveído de fecha 17/11/2023.
La C.F.C.P. ha dicho “…si bien cabe aclarar que muchos de los casos
en que se ha pronunciado nuestro Máximo Tribunal son casos no penales, la
Corte ha descalificado por la doctrina de la arbitrariedad las decisiones
judiciales que incurren en un injustificado rigor formal que atenta contra la
garantía de defensa en juicio consagrada por el artículo 18 de la Carta
Magna (Fallos: 242:234; 267:293; 268:266; 299:344; 310:1819; 311:689;
312:767; 314:1661; 315:2690; 323:1978; 324:3722; 327:3082; 330:1389;
339:814 y 1483). Sostuvo que “(e)llo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba