Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 2 de Marzo de 2010, expediente 24.969

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del B.E.. n° 24.969.-

LEDESMA H.O. s/delito de desobediencia –art.239 CP-

.

-FUNDAMENTOS-

JF. R..-

modoro R., 02 de marzo de 2010.-

VISTO:

La constitución del tribunal con el fin de dar a conocer en los autos n° 24.969 caratulado “LEDESMA H.O. s/delito de desobediencia –art. 239 C.P.-”, en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Rawson, a fin de exponer los fundamentos de la resolución registro n° 1095 del 12 de noviembre del 2009.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud de la apelación del auto de procesamiento sin prisión preventiva dictado a H.O.L. por considerarlo probable autor material y penalmente responsable del delito de USO OFICIAL

    desobediencia previsto en el art. 239 del C.P. y manda trabar embargo sobre sus bien hasta cubrir la suma de $20.000 (fs. 91/117vta.).

    Que en su presentación a fs. 124/127vta. el imputado por sí, con el patrocinio del Dr. M., adujo la existencia de una violación de la garantía constitucional de la imparcialidad del juzgador.

    A esos efectos, argumentó que en la presente el magistrado corrió vista al Fiscal Federal respecto de un supuesto incumplimiento de su ahijado procesal a la orden impartida mediante oficio 1698/09 (fs. 4/vta.) vista que configura la “notitia criminis”

    por la que se promovió la acción penal, surgiendo de allí la causal que establece que el magistrado deberá inhibirse “si antes de comenzar el proceso hubiere sido acusador o denunciante de alguno de los interesados, o acusado o denunciado por ellos”.

    Para fundar la concurrencia de la hipótesis del inc. 10 del art. 55 del ritual, el incidentista señaló que el a quo conoce el hecho ya como testigo y denunciante en forma simultánea por lo que debe inhibirse de intervenir.

    Asimismo, afirma que al momento de decretar el procesamiento de L. en orden al delito de desobediencia judicial el magistrado indicó que aquel …“lejos estuvo de arbitrar los medios necesarios para cumplir con lo ordenado…de los propios dichos del imputado surge que el mismo se desentendió por completo de la orden cuyo cumplimiento se puso en su propia cabeza…”, sosteniendo que para arribar a dicha convicción se ha desdeñado prueba que acredita dichos extremos, detallando los mismos y concluyendo que se ha violado el respeto al principio de congruencia en el proceso y el derecho de defensa atento una arbitraria valoración de la prueba.

    Afirma que el a quo padece de parcialidad subjetiva, ya que es dable sostener el abierto menosprecio a la prueba arrimada por la defensa.

    Asimismo, con relación a la tipicidad de la figura que se le enrostra, plantea que no se da el componente subjetivo del tipo, ya que las órdenes fueron cumplimentadas, pero en razón de un error excusable en la interpretación de las prioridades que debía darse a dos órdenes a cumplir por...

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