Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 30 de Junio de 2017, expediente CNT 046499/2010/CA001

Fecha de Resolución30 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 73801 SALA II EXPEDIENTE Nº: 46499/2010 (JUZG. Nº 28)

AUTOS: "LEDESMA, D.O. c/ EMPRESA LINEA 213 SOCIEDAD ANONIMA DE TRASPORTE S.A. s/ COBRO DE SALARIOS”

Buenos Aires, 30 de junio de 2017 VISTO

Y CONSIDERANDO:

A fs. 303/304 luce la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, con costas a cargo de la parte actora. En el mencionado fallo se regularon los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte demandada ($5.500), y del perito contador ($3.500).

A fs. 307 el Dr. J.C.E. –en representación de la accionada y por derecho propio- apeló los emolumentos regulados al perito contador, por considerarlos altos, y los propios, por bajos.

A fs. 309 el perito contador cuestionó los estipendios que le fueron fijados, por estimarlos exiguos.

Delimitada de tal modo la cuestión sometida a consideración del Tribunal, cabe señalar que, teniendo en cuenta el resultado del pleito, el valor razonablemente involucrado en el litigio, la calidad, mérito y extensión de las tareas cumplidas por la representación letrada de la parte demandada y por el perito actuante, así

como lo normado por los arts. 6, 7, 8, 9, 19, 39 y concordantes de la ley 21.839, el art. 38 de la L.O. y el 3 del decreto ley 16.638/57, los emolumentos correspondientes a la representación letrada de la parte demandada y al perito contador lucen reducidos, por lo que deben elevarse a las sumas de $9.800 y $5.400, respectivamente.

Por lo que el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a...

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