Por Leandro Macaya

EmisorJuzgado Laboral
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2014

POR

LEANDRO MACAYA

Por orden del Sr. Juez del Juzg. Laboral de la 4a. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos: FLEITA CLAUDIO c/OTROS s/Cobro de Pesos Expte. Nº 458/03, se ha dispuesto que el Mart. Leandro G. Macaya (Mat. 1746-M-171), venda al último y mejor postor el día 27 de Noviembre de 2014 a las 10 hs, en las puertas del Juzgado de Pequeñas Causas de Fray Luis Beltrán, en caso de resultar el día señalado inhábil o feriado se efectuará el día hábil siguiente posterior a la misma hora y lugar, lo siguiente: 50% del lote que es el designado con el número Doce de la manzana trece en el plano inscripto bajo el número cuatro mil seiscientos ochenta y cuatro, año mil novecientos treinta y seis, se encuentra ubicado en una calle pública sin nombre, hoy Chacabuco, entre las de Paraná y la Av. Belgrano, a los veintisiete metros catorce centímetros de la calle Paraná hacia el Sud, y se compone de ocho metros sesenta y seis centímetros de frente al Este, por veintisiete metros un centímetros de fondo. Encierra una superficie total de doscientos treinta y tres metros noventa decímetros cuadrados, y linda: Por su frente al Este, con calle Chacabuco, por el Sud, con el lote once, por el Oeste, con parte del lote diez y siete vendido a Nelly María Magdalena Pécora y por el Norte en parte con el lote diez y seis, y en el resto con el lote trece todos de la misma manzana y plano citados. Inscripto al Tomo 179 Folio 109 Número 144462 Dpto. San Lorenzo. Saldrá a la venta con la Base de $ 3689,94 (50% a.i.i.) y de no haber postores por dicha base, con la retasa del 25% y de persistir la falta de los mismos saldrá a la venta por un 20% del A.I.I. Saldrá a la venta desocupable conforme a lo dispuesto por el art. 504 del C.P.C.C. Déjese constancia en los edictos y en el acta de subasta que se confeccione oportunamente que los impuestos, tasas, contribuciones que se adeuden respecto del inmueble a subastar son a cargo del comprador, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones e I.V.A. que graven el acto de subasta, a cuyos efectos de oficiara al A.P.I. y a la A.F.I.P. Quien resulte comprador deberá abonar en el mismo acto de remate el 30% de seña con mas el 3% de...

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