Por Leandro Macaya

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2012

POR

LEANDRO MACAYA

Por orden del Sr. Juez del Juzg. de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nom. de Rosario, la secretaría que suscribe, hace saber que en los autos: MUNICIPALIDAD DE PTO. GRAL. SAN MARTIN c/OTRO s/Apremio - Espte. Nº 22/11, se ha dispuesto que el Martillero Lendro G. Macaya (mat. 1746-M-171), venda al último y mejor postor el día 27 de setiembre de 2012 a las 10,30 hs., en las puertas del Juzgado Comunal de Puerto Gral. San Martín, en caso de resultar el día señalado inhábil o feriado se efectuará el día hábil siguiente posterior a la misma hora y lugar, lo siguiente: Un lote de terreno de propiedad de su mandante, situado en la Colonia Jesús María, hoy Distrito Puerto San Martín, departamento San Lorenzo de esta misma provincia, señalado con el número veinte de la manzana siete en el plano que cita su título, archivado en el Departamento Topográfico de esta misma provincia en el año mil novecientos cincuenta y nueve, ubicado en una calle pública entre otra calle pública y Ruta Nacional NúmeroOnce, a los ochenta metros de esta última, hacia el Sud-Oeste; mide diez metros de frente al Sud-Este, por treinta y ocho metros de fondo, o sea trescientos ochenta metros cuadrados, lindando; por su frente al Sud-Este, con una calle pública; al Sud-Oeste con el lote diecinueve; al Nor-Este, con el lote veintiuno; y por el Nor-Oeste, con fondos del lote once al Tº 82, Fº 196, Nº 104196 Dpto. San Lorenzo. Saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación desocupado y con la Base de $ 45.000, seguidamente en caso de no haber postores con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados a continuación el 20% de la base. Informa el Reg. Gral. de la Propiedad: libre de Hipotecas e Inhibiciones pero sí el siguiente embargo: Insc. Al Tº 121 E, Fº 1899, Nº 345213 por $ 16903,50 de fecha 1/6/2012, de estos autos y juzgado. En el acto del remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, y la comisión de ley al martillero actuante (3%), en efectivo y/o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y juzgado...

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