Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 24 de Agosto de 2017, expediente CIV 028510/2014/CA001

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “L., S. E. c/ C. L., R. s/ Daños y perjuicios”.- Expte.

n° 28.510/2014.- Juzg.: 65.-

En Buenos Aires, a los 24 días del mes de agosto de 2017, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “L., S.E. c/ C.L., R. s/ Daños y perjuicios”, y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, el Dr. K. dijo:

Contra la sentencia dictada en primera instancia (fs. 400/420), que hizo lugar a la demanda por la cual el actor reclamaba la indemnización de los daños y perjuicios sufridos por declaraciones del demandado, expresan agravios el demandado (fs. 437/40), y el actor (fs. 443/4). Este último contestó el traslado a fs. 446/8, y el primero a fs. 453.

El demandado, tras reseñar los antecedentes del caso, sostiene que no se ha probado que haya manifestado aquellas expresiones por las que el actor se siente agraviado. Señala que la prueba informativa sólo acredita la veracidad de los recortes y notas periodísticas, pero no que realmente las manifestaciones se hayan llevado a cabo.

En subsidio cuestiona el monto asignado al daño moral, y la imposición de costas, ya que la demanda fue admitida por un monto sensiblemente inferior al reclamado.

El actor, por su parte, se agravia de que no se haya admitido un resarcimiento en concepto de daño psíquico.

Debo recordar que el actor en su demanda solicita una indemnización por los daños y perjuicios que le causaron los comentarios ofensivos, e insultos proferidos por el demandado luego de un partido de fútbol en el que interviniera como árbitro. Se los atribuye al demandado y destaca que han sido difundidos a través de medios gráficos, televisivos y radiales. Afirma que luego del partido que dirigiera el 4 de octubre de 2013, entre Argentinos Juniors y B. de Córdoba, R.C.L., descontrolado ingresó a la cancha insultándolo y faltándole el respeto.

La emisión de epítetos considerados agraviantes habría continuado durante una conferencia de prensa posterior, donde además se habría insinuado el origen dudoso del patrimonio del árbitro interviniente.

Fecha de firma: 24/08/2017 Alta en sistema: 28/08/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #19693814#183739242#20170825093918153 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H Entre otras expresiones descalificantes se mencionan: “inepto”; “hijo de puta”; “mala persona”; “este hijo de puta me contagió cáncer”; “una cosa es equivocarse y otra es hacerlo a propósito”; “yo no tengo campos, vacas ni cosechadoras”; “Ustedes son periodistas pongan los huevos sobre la mesa, investiguen de donde sacó el campo, las vacas y las cosechadoras nuevas... Digo cosas y pido que investiguen la vida que tiene.

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