Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 17 de Marzo de 2022, expediente CIV 017741/2020/CA001

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

17741/2020

LAURIZI, M.N.c.L., CLAUDIA ISABEL

s/DIVORCIO

Buenos Aires, de marzo de 2022.- FMC

AUTOS Y VISTOS:

Son elevadas estas actuaciones para conocer el recurso interpuesto por la Sra. L. contra la resolución de fecha 8 de noviembre de 2021, en la que se regularon honorarios al Dr.

M.A.O., por su labor como su letrado patrocinante,

en 12 UMA.

En primer lugar, en atención a los fundamentos de su recurso, corresponde señalar que los autos regulatorios sólo deciden sobre el monto de las retribuciones, no así sobre el derecho a ellas, ni anticipan la procedencia y forma de su cobro, cuestiones éstas que deberán plantearse y el juez resolverá en la etapa procesal oportuna.

Sentado ello, teniendo en cuenta la naturaleza,

importancia y extensión de la actuación del D.O., quien presentó la contestación de la demanda de divorcio junto con una contrapropuesta de convenio regulador y asistió a una audiencia, no habiendo acordado las partes sobre los puntos en los que no coincidieron; lo dispuesto por los artículos 1, 16, 19 y 51 de la ley 27.423 y el valor de la UMA establecido por la Acordada N° 4/2022

de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se reducen los honorarios regulados a su favor a 10 UMA, equivalentes al día de la fecha a pesos setenta y cuatro mil trescientos noventa ($ 74.390).

R. y devuélvase. H. saber que la presente resolución será remitida al Centro de Información Judicial a los fines de su publicación en los términos de la ley 26.856, su decreto reglamentario 894/13 y las acordadas de la CSJN 15/13 y 24/13.

Fecha de firma: 17/03/2022

Alta en sistema: 18/03/2022

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

Resolución n° 701/2020 del Tribunal de Superintendencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. La Dra. P.B. no suscribe por hallarse en uso de licencia.

G.G.R.

G.M.P.O.

Fecha de firma: 17/03/2022

Alta en sistema: 18/03/2022

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

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