Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 17 de Marzo de 2022, expediente CIV 017741/2020/CA001
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala D |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D
17741/2020
LAURIZI, M.N.c.L., CLAUDIA ISABEL
s/DIVORCIO
Buenos Aires, de marzo de 2022.- FMC
AUTOS Y VISTOS:
Son elevadas estas actuaciones para conocer el recurso interpuesto por la Sra. L. contra la resolución de fecha 8 de noviembre de 2021, en la que se regularon honorarios al Dr.
M.A.O., por su labor como su letrado patrocinante,
en 12 UMA.
En primer lugar, en atención a los fundamentos de su recurso, corresponde señalar que los autos regulatorios sólo deciden sobre el monto de las retribuciones, no así sobre el derecho a ellas, ni anticipan la procedencia y forma de su cobro, cuestiones éstas que deberán plantearse y el juez resolverá en la etapa procesal oportuna.
Sentado ello, teniendo en cuenta la naturaleza,
importancia y extensión de la actuación del D.O., quien presentó la contestación de la demanda de divorcio junto con una contrapropuesta de convenio regulador y asistió a una audiencia, no habiendo acordado las partes sobre los puntos en los que no coincidieron; lo dispuesto por los artículos 1, 16, 19 y 51 de la ley 27.423 y el valor de la UMA establecido por la Acordada N° 4/2022
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se reducen los honorarios regulados a su favor a 10 UMA, equivalentes al día de la fecha a pesos setenta y cuatro mil trescientos noventa ($ 74.390).
R. y devuélvase. H. saber que la presente resolución será remitida al Centro de Información Judicial a los fines de su publicación en los términos de la ley 26.856, su decreto reglamentario 894/13 y las acordadas de la CSJN 15/13 y 24/13.
Fecha de firma: 17/03/2022
Alta en sistema: 18/03/2022
Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA
Resolución n° 701/2020 del Tribunal de Superintendencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. La Dra. P.B. no suscribe por hallarse en uso de licencia.
G.G.R.
G.M.P.O.
Fecha de firma: 17/03/2022
Alta en sistema: 18/03/2022
Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA
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