Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 20 de Octubre de 2016, expediente CNT 007207/2014/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 7.207/2014 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 49875 CAUSA Nº 7.207/2014 - SALA VII - JUZGADO Nº 21 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 20 días del mes de octubre de 2016, para dictar sentencia en los autos : “LAUGA GRACIELA ELIZABETH C/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO E. ACEVEDO 269/271 Y OTRO S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta la actora e inicia demanda contra CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO EDUARDO ACEVEDO 269/71 en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedora con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Aduce que se desempeñó en relación de dependencia con la demandada desde el 19-09-2004, cumpliendo tareas como encargada permanente con vivienda, en las condiciones y con las características que detalla.-

    Dice que el día 17-03-2011 en momentos en que se encontraba cargando un balde con agua para limpiar, gira para levantar una bolsa de basura, resbala y siente un fuerte tirón en la espalda, más el reclamo relativo a este accidente fundado en la Ley 24.557 fue objeto de conciliación con la aseguradora conforme acuerdo obrante a fs. 448.-

    Sostiene que fue atendida por la ART quien le otorgó una primer alta el 23-

    03-2011 y como seguía con dolores continuó tratamiento obteniendo un nuevo alta el 04-05-

    11, que también rechazó.-

    Agrega que la demandada continuó abonándole el salario y el 12-11-2011 le comunicó telegráficamente que entraba en el período de reserva del puesto lo que también rechazó y paralelamente intimó la regularización de la relación laboral.-

    Transcribe el intercambio telegráfico posterior, el que epilogó con su desvinculación por despido indirecto (el 15-11-2012).-

    Viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    La demandada en su responde, tras la negativa de rigor, relata su versión de los hechos y pide, en definitiva el rechazo del reclamo.-

    La sentencia, que obra a fs. 619/629, decide en sentido parcialmente favorable a las pretensiones de la parte actora.-

    Los recursos que analizaré llegan interpuestos por la demandada (fs.

    630/640vta.) y por la actora (fs. 643/645vta.). También hay apelación del Sr. perito contador quien considera reducidos sus honorarios (fs. 650).-

  2. En líneas generales la demandada cuestiona el fallo en tanto juzgó que el despido decidido por la parte actora resultó legítimo.-

    Fecha de firma: 20/10/2016 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #20644997#161147728#20161021104533267 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 7.207/2014 A mi juicio en el fallo se han analizado adecuadamente todos los extremos fácticos y jurídicos de la causa, y no veo en el escrito de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR