Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Agosto de 2007, expediente P 71525
Presidente | Hitters-Roncoroni-Pettigiani-de Lázzari-Genoud |
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2007 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
A C U E R D O
En la ciudad de La Plata, a 15 de agosto de 2007, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresH.,R., P., de L., G.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 71.525, "L. ,R.F. . Tenencia ilegal de arma de guerra".
A N T E C E D E N T E S
La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de Morón -en lo que interesa destacar- condenó aR.F.L. a la pena de tres años y dos meses de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor responsable del delito de tenencia ilegal de arma de guerra.
El señor defensor particular del procesado interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley.
Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar las siguientes
C U E S T I O N E S
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) ¿Debe declararse de oficio la extinción de la acción penal por prescripción en orden al delito por el que viene condenado el procesado?
Caso negativo:
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) ¿Es fundado el recurso extraordinario de nulidad interpuesto?
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) ¿Lo es el de inaplicabilidad de ley también deducido?
V O T A C I O N
A la primera cuestión planteada, el señor J.d.H. dijo:
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La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de Morón -en lo que interesa destacar- condenó aR.F.L. a la pena de tres años y dos meses de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor responsable del delito de tenencia ilegal de arma de guerra (art. 189 bis, 3er. párrafo, C., según texto anterior a la ley 25.886; fs. 306/315).
Contra ese pronunciamiento el señor defensor particular del procesado interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley (v. fs. 333/337), llamándose a fs. 367 autos para dictar sentencia.
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El dictado de la ley 25.990 (B.O., 11-I-2005) y la consiguiente modificación de las causales de interrupción de la prescripción por actos de procedimiento (art. 67, apartado cuarto, incs. ‘b’ a ‘e’ del C.) hace necesario que este Tribunal analice si a raíz de tal innovación la acción nacida como consecuencia de la comisión del delito de tenencia ilegal de arma de guerra, se ha extinguido (cfr. P. 83.722, sent. del 23-II-2005).
En efecto, el principio de retroactividad de la...
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