Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 25 de Febrero de 2021, expediente CCF 019157/2019/CA001

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa 19.157/ 2019 “L.M.A. c/OSDE s/ Amparo de Salud”. Juzgado 1,

Secretaría 2.

Buenos Aires, 25 de febrero de 2021.

VISTOS: los recursos de apelación interpuestos y fundados a fojas 38/40 y 42/47, concedidos a fojas 41 y 48, contestados sólo a fojas 49/51, contra la resolución de fojas 36/37 vuelta;

Y CONSIDERANDO:

  1. Mediante la sentencia interlocutoria apelada la magistrada de la anterior instancia hizo lugar parcialmente a la medida precautoria solicitada en el escrito de inicio. En consecuencia, le ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (en adelante OSDE) cubrir el 70% de la medicación (ÁCIDO URSODESOXICÓLICO, BEZAFIBRATO Y

    BUDESONIDE) prescripta por el médico tratante de la afiliada M.A.L., que es actora en este amparo.

  2. Contra tal pronunciamiento apelaron ambas partes.

    La amparista se agravia por la limitación de la cobertura al 70%.

    Afirma que la decisión apelada es contraria a la jurisprudencia de las tres S.s de la Cámara en relación al alcance del Programa Médico Obligatorio (PMO), pues cita varios fallos y concluye alegando que aquel régimen es un piso mínimo prestacional que los agentes de salud se encuentran obligados a cubrir.

    OSDE sostiene que la peticionaria no acreditó la verosimilitud en el derecho ni el peligro en la demora. Alega que la medicación no está

    incluida en la resolución 310/04 del Ministerio de Salud, que modifica el alcance del PMO, y destaca que la beneficiaria no acreditó urgencia alguna,

    máxime considerando que el caso involucra una medida precautoria de carácter innovativo.

  3. Los hechos que están fuera de discusión y que corresponde tener en cuenta son los siguientes.

    Fecha de firma: 25/02/2021

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    La demandante, M.A.L., tiene 43 años de edad, es afiliada a OSDE con el número 62714196901 -plan 210-, padece H.A., y su médico tratante –que pertenece a la cartilla de la demandada- le prescribió los fármacos ÁCIDO URSODESOXICÓLICO,

    BEZAFIBRATO Y BUDESONIDE

    La afiliada le pidió a OSDE la cobertura de la medicación en distintas oportunidades, lo cual fue invariablemente rechazado por la empresa (ver dichos del libelo inicial a fojas 9 y misiva agregada a fojas 17).

    En la carta documento del 19 de noviembre de 2019, la demandada fundó su posición en los límites acordados con la...

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