Juicios Varios / 'Land Tuc Sociedad Anonima S/ Prescripcion Adquisitiva'. Aviso Nro: 155203

Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2010
Número de Boletín27427
Fecha de Publicación14 de Diciembre de 2010

POR 6 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado civil y comercial común de la sexta Nominación, a cargo de la Dr. Ricardo Molina, Juez; Secretaría del Dr. Alberto Germano, tramitan los autos caratulados:"LAND TUC SOCIEDAD ANONIMA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA", Expediente N° 1593/09, en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a continuación:"San Miguel de Tucumán, 11 de noviembre de 2010. Agréguese, téngase presente.- Atento lo solicitado y constancias de autos, y habiéndose dado cumplimiento por el accionante del requisito que prevee en su última parte el 1° párrafo del art. 159 Cód. procesal, cítese mediante edictos a Rosa De Leguina y/o a quienes se considerasen con derecho sobre el inmueble objeto de la litis, a fin de que se apersonen a estar a derecho en el presente juicio y contesten demanda en el término de seis días, bajo apercibimiento de designarle defensor de ausentes.- Publíquense los mismos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia con un extracto de la demanda. Fdo. Dr. Ricardo Molina.- /// Extracto de demanda:Que Landtuc Sociedad Anónima inicia demanda sobre Prescripción Adquisitiva contra de Rosa De Leguina y/o a quienes se considerasen con derecho sobre el inmueble objeto de la litis, ubicado en La Cañada, sobre la Ruta Nacional N° 9, de la Localidad de Cruz Alta correspondiente al Padrón Inmobiliario N° 72210, Matrícula N° 11637, Orden N° 132, Circunscripción ||, Sección C, Manzana 110, Parcela 555, según Plano de Mensura N° 55007/08, aprobado por la Dir. Gral. de Catastro por Expte. N° 28807 -C-08; Hechos:Que Landtuc Sociedad Anónima detenta la posesión hace más de 30 años, en forma quieta, pública, pacífica, continua, ininterrumpida y sin contradictor alguno. El inmueble en cuestión originariamente correspondió a los Sres. María Juárez de Leguina, Margarita del Valle Legina, Andrés José Leguina, Adriana Genoveva Leguina de Sosa y Rosa Marily Legina, quienes por instrumento privado de fecha 04/10/1982 cedieron la totalidad de las acciones y derechos hereditarios que le corresponden y/o pudieren corresponder en el Sucesorio de Rosa Leguina, como así también los derechos posesorios, al Sr. José Roberto Rez Masud, sobre el inmueble a prescribir. Mediante Escritura Pública N° 822 de fecha 18/11/1982 pasada por...

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