Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 29 de Marzo de 2019, expediente COM 001687/2008

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S. B 1687/2008 - LANCI IMPRESORES S.R.L. s/QUIEBRA Juzgado n° 5 - Secretaria n° 9 Buenos Aires, 29 de marzo de 2019.

Y Vistos: I.- Interpuso la representación de la Cooperativa de Trabajo MOM Ltda. a fs. 3020/39 recurso extraordinario contra el pronunciamiento de esta S. de fs. 2959/60, que rechazando la apelación deducida, confirmó la decisión de la anterior instancia de fs. 2880/5 que admitió la propuesta de adquisición por compensación, con los alcances allí establecidos. El traslado ritual fue contestado a fs. 3044/48 por el órgano sindical actuante, resistiendo el progreso de la pretensión. II.- El recurso propuesto será desestimado en los términos del art. 14 de la ley 48.

a.- El pronunciamiento cuestionado se basa en fundamentos de naturaleza no constitucional, de hecho o de derecho no comprendido en el art. 14, Ley 48, ajenos en principio a ese remedio; y admitirlo implicaría la apertura de otra instancia revisora no contemplada por el ordenamiento jurídico; b.- La procedencia del recurso en examen es de carácter excepcional, y requiere un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista o una decisiva ausencia de Fecha de firma: 29/03/2019 Alta en sistema: 04/04/2019 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #23162774#227457259#20190403125855882 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S. B fundamentación (CSJN., 11-4-85, ED 114-144; Fallos: 311:345 y 571), circunstancia que aquí no se verifica. III.- Sin perjuicio de lo considerado supra -que bastaría para desestimar lo pretendido-, cabe realizar algunas precisiones en torno a la ‘arbitrariedad’ alegada.

Véase que -entre otras cosas - manifestó la recurrente:

… la sentencia definitiva que se cuestiona, resulta violatoria de la ley o doctrina legal por aplicación errónea y por prescindir de la misma sin razón plausible, omitir constancias de autos y sustentar el fallo en afirmaciones dogmáticas …

(fs. 3021); “… Esta parte considera que es arbitrario el decisorio del Tribunal toda vez que optó por una solución dogmática, que asimismo, no evaluó las circunstancias particulares del caso, y no se pronunció sobre los puntos propuestos por esta parte …” (fs. 3021 vta.); “… Los agravios … se originaron en la resolución emitida por la S. B …

de contenido contrario a la normativa y doctrina legal vigente como así también a la...

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