Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 28 de Octubre de 2019, expediente FMZ 022035223/2012/CA001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A Mendoza, Y VISTOS:

Los presentes autos Nº 22035223/2012/CA1, caratulados:

LAMIA, CARLOS c/ANSeS s/Reajustes Varios

, venidos del Juzgado Federal de San Juan, a ésta Sala A, a fin de resolver Nulidad deducida por la parte demandada a fs.

64/65.

Y CONSIDERANDO:

1- Que a fs. 64/65 se presenta la Dra. P.M., en representación de la demandada, y plantea la Nulidad de todo lo actuado por el representante de la parte actora, por falta de representación procesal y Legitimación Activa para continuar en el proceso, con posterioridad al 10/11/2012, fecha en la que acaeció el fallecimiento del actor Sr. C.L..

Menciona que con fecha 28/07/2014 “ese Tribunal” acogió

favorablemente un pedido similar en la causa “C.E. c/ ANSES ….”

Refiere que conforme el artículo 20 de la ley 14.370 las únicas personas legitimadas para continuar tramitando la presente causa son aquellas que tengan la calidad de derechohabientes previsionales.

Por ultimo refiere que la esposa del actor prefalleció el 19/06/2007, y que su hija S.F.L. solicito y obtuvo el beneficio de pensión por su padre, a partir del 11/11/2012.

Ofrece como prueba de sus manifestaciones cuatro impresiones de pantalla de la base de datos de ANSeS 2- Que de las constancias de autos surge que con anterioridad a la fecha denunciada por la demandada, la parte actora intervino en las siguientes oportunidades, la primera fue ante el fracaso de la audiencia de conciliación, oportunidad en la que solicitó se proveyera la prueba ofrecida y se sustanciara la misma (v. fs28) el 06/02/2013; luego el 31/07/2013 solicitando la clausura del período probatorio (v. fs. 38); a fs. 41/43 presentado alegatos con fecha Fecha de firma: 28/10/2019 Alta en sistema: 05/11/2019 Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: CLARA MARÍA CIVIT, Secretaria Federal #8403956#233706454#20190604120108636 20/09/2013; el 10/10/2013 solicita autos para sentencia. y por último habiéndose dictado sentencia, apela la misma a fs. 54 el 30/04/2015.

Por su parte la demandada fue notificada el 12/11/2012 de la audiencia de conciliación (v. fs. 27), y compareció el 26/06/2013 acompañando los expedientes administrativos del actor; se le notificó el 27/04/2015 la sentencia dictada en autos, y comparece solicitando la nulidad que se resuelve 26/07/2016.

Que del incidente planteado, se dio traslado a la parte...

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