Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 5 de Mayo de 2017, expediente CIV 002794/2011/CA003

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I LAMBRECHTS c/ HIRIART Y OTROS s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES Buenos Aires, 5 de mayo de 2017.- MA AUTOS Y VISTOS:

Para decidir en los recursos interpuestos a fs.1263, 1268 y 1274 contra las regulaciones de honorarios de fs. 1262vta. y 1273 cabe ponderar las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión, la naturaleza del asunto, el monto por el que prosperó la demanda (fs.1262), las etapas cumplidas (dos), el resultado obtenido y las demás pautas establecidas en los arts.

6,7,19,37,38 y concordantes de la ley 21.829. Teniendo ello en cuenta, los honorarios regulados al Dr. E.E.L. como letrado en causa propia y al Dr. E.M.L., letrado patrocinante de la misma parte, en conjunto, apelados solamente por bajos, no resultan reducidos, por lo que se los confirma.

Considerando los trabajos efectuados por el experto, su incidencia en el resultado del proceso, las pautas del Decreto 7887/55, el art. 478 del Código Procesal y la ley de arancel para abogados de aplicación supletoria en lo pertinente, los honorarios regulados al perito ingeniero en sistemas P.A.R.R. resultan reducidos, por lo que se los eleva...

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