Sentencia de SALA III, 5 de Agosto de 2015, expediente CCF 007187/2011/CA001

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2015
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 7.187/11/CA1 “De La Lama Rubén Alejandro y otro c/

Aerolíneas Argentinas SA s/ pérdida/

daño de equipaje”

Buenos Aires, 5 de agosto de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Los recursos presentados a fs. 162 y fs. 164, contra los honorarios regulados a fs. 161; el primero por la demandada, por estimarlos altos; y, el segundo, por el doctor E.F.R., por estimarlos bajos.

Teniendo en cuenta el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados, las etapas cumplidas, el monto involucrado -ver fs. 150 por $ 2.980- y la necesidad de adecuar las pautas de valoración de los trabajos a las circunstancias económicas, se elevan los honorarios regulados al doctor E.F.R. a la suma de pesos UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500) (art. 6, 7, 8, 9, 37 y 40 de la ley 21.839, modificada por la 24.432).

H. saber a los letrados que en las causas en las que se haya interpuesto recurso de apelación o de queja por apelación denegada a partir del 18.11.13 deberán registrar, validar y constituir por escrito en el expediente su domicilio electrónico, bajo apercibimiento, en su caso, de notificar por ministerio de ley las sucesivas resoluciones y providencias del tribunal (conf. Acordada...

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