Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 24 de Mayo de 2022, expediente CIV 031397/2018/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

Expte. nº 31397/2018 “L., M.S. c/ Frávega S.A.C.I.E.

  1. s/ daños y perjuicios”. Juzgado nº 110.-

    En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los días del mes de mayo de 2022, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala “F”, para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

    Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: Sres. Jueces de Cámara Dres.

    POSSE SAGUIER. GALMARIN

  2. La Vocalía 17 se encuentra vacante.

    A la cuestión propuesta el Dr.Posse S. dijo:

    I.M.S.L. promovió la presente acción contra “Frávega S.A.C.I.E. I.” por los daños y perjuicios ocasionados a raíz de un accidente ocurrido el 27

    de marzo de 2018 en el local de la empresa demandada ubicado en la calle V.G. 2817 de esta Ciudad.

    Relató la actora que ese día había concurrido con su esposo a comprar una heladera marca GAFA, un anafe marca DOMEC y un microondas marca ATMA. Señaló que mientras su esposo concurría a la caja a fin de realizar el pago de los artículos adquiridos, ella se dirigió a otro sector del establecimiento a fin de mirar otros productos. En tal situación, indicó que subió una pequeña escalera, la que se Fecha de firma: 24/05/2022

    Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA

    encontraba resbaladiza provocándole la pérdida del equilibrio y la estabilidad haciéndola caer hacia atrás, golpeando su cuerpo contra los escalones y rodando hacia el piso inferior.

    Agregó que su esposo llamó a EMERGENCIAS S.A. quien procedió a enviar un móvil que la trasladó al Hospital Ramos Mejía donde pudo ser atendida y de allí se la derivó a la guardia de traumatología de PAM

  3. Los profesionales médicos que la atendieron constataron que presentaba traumatismo del codo y antebrazo izquierdos y al efectuarle radiografías le diagnosticaron fractura del codo, siendo derivada ese mismo día al Hospital Español.

    La sentencia de la anterior instancia desestimó

    la pretensión, con costas a cargo de la vencida.

    Contra dicho pronunciamiento se alzó la reclamante quien presentó su memorial, el que fuera respondido por la empresa accionada y la citada en garantía.

  4. El señor juez de la anterior instancia rechazó la demanda por entender que la actora no acreditó

    que el hecho denunciado...

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