Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 26 de Agosto de 2022, expediente CCF 004168/2018/CA002

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CCF 4.168/2018 “Lago, M.I. y otros c/ United Airlines Inc s/

sumarísimo”. Juzgado 8, Secretaría 15.

Buenos Aires, 26 de agosto de 2022.

VISTO: la apelación de los actores del 23 de febrero de 2022,

concedida el 25 de febrero de 2022, fundada el 20 de marzo de 2022 y contestada el 31 de marzo de 2022, contra la resolución del 18 de febrero de 2022; y la apelación de la demandada United Airlines Inc. del 2 de marzo de 2022, concedida el 4 de marzo de 2022, fundada el 17 de marzo de 2022,

cuyo traslado fue contestado el 31 de marzo de 2022 contra la misma resolución; y CONSIDERANDO:

  1. A los fines de resolver conviene reseñar ciertas circunstancias de la causa, por su relevancia.

    En el presente litigio United Airlines Inc. fue condenada a abonar a los actores una indemnización por daño emergente, consistente en la suma de dinero necesaria para adquirir –al tiempo en que se cumpla la condena– pasajes comercializados por ella esencialmente similares (en fechas, clase, tramos, escalas, etc.) a los cancelados el 28 de marzo de 2018,

    menos el valor de los pasajes anulados (conf. sentencia de cámara del 18/6/21).

    Los 3 tickets anulados referían al vuelo ida y vuelta desde Santiago de Chile (Chile) a Sídney (Australia) del 15 al 30 de enero de 2019,

    clase económica, con una escala en Houston. La duración total del viaje de ida era de 42 horas con 35 minutos y el de vuelta de 36 horas con 25 minutos (conf. constancias agregadas a fs. 6/14 del expediente papel). El valor de cada ticket fue de $3.698,40 (fs. 19), aproximadamente, u$s180 (dólar a $20,45,

    según la cotización del Banco de la Nación Argentina del día de la compraventa de los pasajes, 26/3/18; https://dolarhistorico.com/dolar-banco-

    nacion/cotizacion/26-marzo-2018).

    Fecha de firma: 26/08/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

  2. En la resolución del 18 de febrero de 2022 el juez de la anterior instancia resolvió la controversia suscitada entre las partes respecto de la liquidación de la condena y el pedido de suspensión de la ejecución formulado por United Airlines Inc. (“UA”) en el escrito del 8 de noviembre de 2011.

    Respecto de la liquidación de la condena, el magistrado descartó

    la pretensión de UA de restar del valor de los pasajes los impuestos y cargos correspondientes. En cuanto a la tarifa a ser considerada para el cálculo, juzgó

    prudente atender a la de $722.445, por representar el valor promedio de los pasajes similares a los cancelados. A partir de ello, fijó el monto de la condena en $2.156.239,80, cifra que resulta de multiplicar 722.445 por 3 y restar el valor de los tickets cancelados ($11.095,20). Con relación al pedido de la aerolínea de suspender la ejecución con fundamento en la interposición de la queja ante la Corte Suprema de Justicia por la denegatoria del recurso extraordinario que dedujo contra la sentencia, lo rechazó (conf. art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Impuso las costas de la incidencia a UA.

    La decisión fue apelada por ambas partes.

    Los...

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