Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 17 de Julio de 2015, expediente COM 061880/2009/2

Fecha de Resolución17 de Julio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 61880/2009/2 - LAFUENTE COMBUSTIBLES S.R.L. S/CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO POR BANCO NACION ARGENTINA Y OTRO Juzgado n° 24 - Secretaria n° 47 Buenos Aires, 17 de julio de 2015.

Y VISTOS:

  1. Apeló la concursada la resolución de fs. 668/675 que estimó parcialmente la revisión impetrada por la incidentista. Su memoria de fs. 682/686 fue respondida a fs. 688/692 y 697/698 por la sindicatura.

  2. Los agravios del recurrente no cumplen con el mandato establecido por el Cpr.: 265, pues omite efectuar una interpretación sistemática de la sentencia apelada, demostrando los yerros cometidos de modo tal de formar en el ánimo de los jueces de esta instancia la convicción necesaria que los conduzca a una interpretación diversa de la efectuada por el Juez a quo.

    Dado que la postulación del quejoso no constituye crítica razonada y concreta sino mera afirmación dogmática, debe ser descalificada como fundamento adecuado.

  3. Aun cuando pudiese soslayarse lo anterior, el apelante no refuta los argumentos con los que la magistrada de la anterior instancia fundó su decisorio, solo se limita a reiterar argumentos expuestos en la anterior instancia.

    Fecha de firma: 17/07/2015 Insiste en que: a) los pagarés base del presente incidente no Firmado por: ANA

    1. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B fueron firmados por De Paolis; b) las cartulares se encuentran prescriptas; y, c) no se acreditó la causa de su emisión. Argumentos todos contradichos suficientemente en el resistido decisorio; que estableció que:

      i) de la peritación caligráfica surge que nueve de los pagarés ejecutados fueron suscriptos por el representante legal de la concursada, por lo que resultaba “correcto atenerse a sus conclusiones… (y) …

      atribuir suficiente eficacia probatoria al dictamen de marras, estimado en relación con los demás elementos de convicción de la causa…

      máxime cuando el … producido en sede penal arriba a igual conclusión (ver fs. 287/299 de esas actuaciones)”; ii) “la insinuante promovió juicio ejecutivo contra la deudora… (por ello) …el plazo de prescripción se interrumpió de forma continuada por dicho acto procesal…”; iii) en el aludido “proceso… la hoy concursada se presentó

      y reconoció expresamente la deuda… elemento coadyuvante respecto de la pretensión...

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