Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 26 de Octubre de 2016, expediente COM 002860/1993/CA004

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 2860/1993 - LADEFA S.A. s/QUIEBRA Juzgado N° 1 – Secretaria N° 2 Buenos Aires, 26 de octubre de 2016.

Y VISTOS:

  1. Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso, ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom. esta S., in re: "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/

    incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08) que no acontecen en la especie.

    Por ello, y en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos, se confirman en un millón cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos pesos ($ 1.435.700) los estipendios del síndico M.C.K. y en doscientos noventa y cinco mil pesos ($ 295.000) los estipendios del letrado patrocinante, J.J.R. (arts. 218, 265 inc.

    4, 267 y 272 de la ley 24.522).

    Se deja constancia que se consideró como base regulatoria el monto que surge del informe obrante a fs. 3140.

  2. Al escrito que antecede, de lo manifestado póngase a consideración del Sr. Juez a quo (conf. Art. 222 LCQ) a sus efectos.

    Fecha de firma: 26/10/2016 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

    1. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ...

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