Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 10 de Marzo de 2016, expediente COM 029535/2015/CA001

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial JMB.

J.. 26 - Sec. 51.

29535/2015 LACTEOS POZO DEL MOLLE S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO Buenos Aires, 10 de Marzo de 2016.-

Y VISTOS:

  1. ) Apeló la concursada la decisión de fs. 2.185 que rechazó su petición de suspender los efectos de la inhabilitación bancaria para proceder a la apertura de una cuenta corriente bancaria en el Banco Macro S.A o en el Banco de la Nación Argentina.-

    La a quo sostuvo, de un lado, que bajo ningún concepto el concurso preventivo puede operar como una “dispensa” en la aplicación de sanciones administrativas impuestas por el B.C.R.A que serían ajenas a la órbita judicial.

    Expuso además que no había normativa alguna que impusiera a un banco la obligación de contratar con la concursada para abrir una cuenta corriente y/o mantener abierta la cuenta de que ya era titular la interesada (arts. 1.393 y ss CCCN).

    En tal contexto, la recurrente deberá como cualquier cliente presentarse ante la entidad bancaria elegida, cumplimentar los recaudos de rigor y, solicitar así la apertura de una cuenta.-

    Fecha de firma: 10/03/2016 Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: I.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA #27526769#148674871#20160309083617608 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Los fundamentos del recurso obran desarrollados en fs. 2211/2215 siendo contestados por la sindicatura 2229/2230, quien postuló su acogimiento con el alcance allí expuesto.-

  2. ) La recurrente señaló que está incluida en la Central de Cuentacorrentistas Inhabilitados del B.C.R.A por falta de pago de multas por rechazos de cheques teniendo las cuentas corrientes cerradas. Indicó que ante la necesidad de contar con una cuenta operativa solicitó la suspensión de los efectos de tal inhabilitación y la apertura de una cuenta corriente en el Banco Macro S.A o, de no ser posible, en el BNA por tratarse de una entidad oficial. Adujo que la ley de concursos constituye un medio legal para superar la crisis empresaria, el mantenimiento de la actividad, la unidad productiva y la fuente de trabajo; y en el marco de esa actividad empresaria la ley exige la bancarización de los pagos, para lo cual resulta fundamental contar con una cuenta corriente pues también se exige la transferencia de salarios en la cuenta sueldos para su personal en...

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