Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 28 de Junio de 2017, expediente CNT 031014/2012/CA001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 31014/2012/ CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 35590 AUTOS: “LABANCA MATIAS ESTEBAN C/ HORIZONTE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ACCIDENTE- LEY ESPECIAL”

(JUZGADO Nº 57)

Buenos Aires, 28 de junio de 2.017.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

I) Que en la sentencia definitiva dictada a fs. 122/23 el Sr. Juez de Primera Instancia reguló los honorarios de la perito médica en la suma de $4.000.-.

II) Que disconforme con dicha regulación, apela su beneficiaria a fs. 124 (concedido a fs. 125) por considerarla reducida.

III) Teniendo en cuenta las labores efectuadas por la perito para cumplir con su cometido (fs. 55, 56, 65, 99), y especialmente que no realizó peritaje alguno porque a fs. 120 el Juzgado tuvo a la accionante por desistida de la mencionada prueba ante el incumplimiento a la intimación de fs. 119 para que explique las razones que le impidieron concurrir a la realización de los estudios pertinentes, se estima que los honorarios regulados no lucen reducidos, por ello se confirman en esta instancia (conf.

art. 38 L.O.).

Por...

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