Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 28 de Septiembre de 2017, expediente CCC 007299/2014/7/RH002

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCC 7299/2014/7/RH2 CCCF Sala I CCCF 7299/14/7/RH2 “L s/ recurso de queja por apelación denegada”

Juzgado n° 11–S.. n° 21 Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017 Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de queja interpuesto por la defensa de C G L contra el decisorio del magistrado de grado por el cual rechazó la apelación del recurrente contra el auto de procesamiento que le fuera dictado por resultar extemporánea.

  2. El Juez a quo consideró que el abogado defensor del imputado fue notificado del procesamiento mediante cédula electrónica el día 8 de agosto de 2017, oportunidad en la que se acompañó el archivo adjunto con la copia de la resolución. Teniendo en cuenta que la apelación fue interpuesta el día16 de agosto, o sea, 6 días después de su notificación, el J. rechazó el recurso.

  3. El quejoso se agravia al considerar que el interlocutorio en crisis vulnera la garantía de doble instancia y que, además, el instructor habría tomado en cuenta la notificación al domicilio del defensor y no al del imputado, tal como dispondría el art. 146 del código adjetivo.

  4. Llegado el momento de resolver la cuestión traída a estudio, se advierte que, más allá de que el recurrente haya designado en el escrito de apelación un nuevo codefensor, dicha situación no altera el término de la notificación cursada a su primer asistente letrado –quien a la actualidad aún lo representa-.

Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 02/10/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: I.S.Q., SECRETARIA DE CÁMARA...

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