Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 12 de Septiembre de 2018, expediente FSM 003146/2016/2/CA001

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 FSM 3146/2016/2/CA1 CCCF- Sala I FSM 3146/16/2/CA1 “L G s/ procesamiento y embargo”

Juzgado n°5 - Secretaría n°10 Buenos Aires, 12 de septiembre de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega a consideración de este Tribunal el recurso de apelación articulado por la Dra. T.A., por la defensa de L G (fs. 10/5) contra el auto de mérito que dispuso el procesamiento del nombrado tras considerarlo partícipe necesario del delito de falsificación de documento público trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de pesos tres mil ($3.000) (fs.1/9).

  2. La presente tiene su génesis a raíz de la denuncia efectuada por la encargada titular del Registro Seccional San Isidro nro. 1 de la D.N.R.N.P.A el 11 de enero de 2016 mediante la cual puso en conocimiento que el 28 de diciembre de 2015, G L solicitó –pese a no estar reempadronado como mandatario- el trámite del duplicado del título del vehículo Audi dominio ### ###

    acompañando para tales fines documentación apócrifa (fs. 17, 59/60 del principal).

    Puntualmente presentó una Solicitud 02 nro.

    31363877 con la firma de H J V en el item “titular” –que resultó

    apócrifa- certificada por la escribana Georgelina Castellano; una exposición por extravío del título y cédula verde automotor radicada por L en la delegación H. de la policía; una Solicitud 12 de verificación vehicular “San Carlos”, provincia de Santa Fe –siendo que los datos insertos respecto del motor y chasis correspondían al vehículo dominio ### ### con pedido de secuestro vigente-; un Visado del Registro Nacional de la Propiedad Automotor Seccional San Fecha de firma: 12/09/2018 Alta en sistema: 13/09/2018 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: T.M.V., Secretaria de Camara #32063125#216094679#20180912102315047 C.C. y una Solicitud 59 nro. 02790915 (fs. 1/3, 5/16, 17/8, 19, 40/2, 45 del expediente principal).

    Posteriormente, se citó a testimonial a H V quien aseguró no haber extraviado ninguna documentación de su vehículo ni haber concurrido a Santa Fe para una verificación vehicular, situación que se condijo con la mendacidad de los datos insertos en el formulario tipo “12” nro. 35391250 – pese a que fueron certificados como válidos y suscriptos por G N- (fs. 46/9, 61/4, 75/82 del principal).

    Por otro lado, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informó que las grafías y los sellos insertos en el...

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