Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 13 de Diciembre de 2022, expediente FLP 024827/2020/CA002

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

La Plata, 13 de diciembre de 2022.

AUTOS Y VISTOS: este expediente N° FLP 24827/2020/CA2,

caratulado “L., A. c/ SANCOR SALUD s/amparo ley 16.986”, que proviene del Juzgado Federal de Primera Instancia nº 3 de Lomas de Z..

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llega esta causa nuevamente al tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la letrada apoderada de la Asociación Mutual SANCOR contra la resolución de primera instancia que dispuso ampliar la cautelar dictada el 17/12/2020 y, en consecuencia, ordenó a la demandada que autorice y cubra de manera integral (100%) la intervención quirúrgica de: “Reemplazo de expansor de mama derecha por prótesis definitiva y mastectomía de reducción de riesgo en mama izquierda (contralateral) con colocación inmediata de prótesis definitiva (del mismo tamaño y características que en la mama derecha) con utilización de malla de Vicyl para disminución de la morbilidad post operatoria”.

  2. Los agravios expresados por la demandada pueden sintetizarse así: a) que se la condena a la cobertura de una cirugía que no está contemplada en el PMO y que además no es preventiva sino profiláctica, electiva y de reducción de riesgo. En este sentido, afirma que en la decisión unilateral de efectuarse una cirugía estética de implante mamario en la mama sana, la afiliada asume no sólo el gasto de la prótesis y aquellos que puedan generarse, sino que quedan a su exclusiva responsabilidad los cuidados y controles, lo cual exime a la AMS de cualquier consecuencia; b) la indicación de prótesis definitiva excede lo cubierto por Ley 26.872; c) que no se Fecha de firma: 13/12/2022

    Alta en sistema: 14/12/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    observan informes de asesoramiento genético acerca de la posible existencia de la alteración o traslocaciones en los genes subyacente que pudiera hacer considerar oportuna la cirugía. Luego desarrolla los requisitos para considerar a la cirugía como preventiva y señala que la actora no acreditó

    ninguno de los ítems y que los motivos expresados por sus médicos tratantes no alcanzan científicamente para dar seguridad a la práctica indicada. Por ello, afirma que la autorización efectuada por la Asociación lo fue en los términos y de acuerdo con los lineamientos de la medicina basada en la evidencia y no como lo pide la actora. En efecto,

    se autorizó la intervención de reconstrucción únicamente de la mama enferma y no bilateral.

  3. Los derechos aquí en juego y el marco legal y constitucional aplicable han sido amplia y detalladamente descriptos en la resolución cautelar ya emitida por esta Sala con fecha 17/02/2021, a la que cabe remitir por razones de brevedad.

  4. Es preciso recordar que la amparista fue operada el 6/09/2020 por un cáncer de mama derecha (AP carcinoma invasor de mama derecha + carcinoma in situ; axila + con 2 ganglios con micrometástasis), RE + 90%, RP +100%HER2 negativo Ki67 10%

    y se le realizó una mastectomía con reconstrucción más exploración axilar (ganglio centinela). Oportunamente, su médica tratante, debido a los antecedentes familiares de L.

    solicitó autorización de panel genético y plataforma genómica O. cuya finalidad es determinar la detección precoz de la mutación de genes en personas con antecedentes familiares de cáncer de mama y de ovario. Por su parte, el estudio de Fecha de firma: 13/12/2022

    Alta en sistema: 14/12/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

    plataforma genómica permite dictaminar el tipo de tratamiento correcto a seguir.

    En el nuevo resumen de historia clínica la doctora D.M. señala que debe efectuarse reemplazo de expansor por prótesis definitiva en la mama derecha a la brevedad dado que dicho material es transitorio. Además, manifiesta que la paciente presenta una mutación genética de tipo VUS en el gen ATM, lo que, sumado al alto riesgo heredofamiliar por ambas líneas, le confieren un alto riesgo clínico para desarrollar en la mama restante un carcinoma colateral. Por lo tanto,

    indica una mastectomía de reducción de riesgo en mama izquierda (contralateral) con colocación inmediata de prótesis definitiva (del mismo tamaño y características que en la mama derecha) con utilización de malla de Vicryl para disminución de la morbilidad pos operatoria.

    Frente a dicha solicitud, la demandada informa que “el caso fue reevaluado por la Auditoría Médica de esta entidad y se ha llegado a idéntica conclusión siendo que se trata...

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