Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 21 de Diciembre de 2023, expediente FCB 011110002/2011/CA001 - CA002

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA

SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B

Expt e. N° FC B 11110002/ 2011

AUT O S : “K RAJACIE , ES TE B AN ANG EL c/ ANS E S s/ RE AJUS T E S PO R

M O VIL IDAD ”

doba, 21 de diciembre de 2023.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “KRAJACIE, E.A. c/ ANSES

s/REAJUSTES POR MOVILIDAD” (Expte. Nº FCB 11110002/2011/CA1-CA2),

venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del pedido de regulación de honorarios formulado con fecha 31/08/2022 -según surge del Sistema de Gestión de Expedientes Judiciales Lex 100- por la letrada patrocinante del actor, doctora M.E.T. de Otero -por derecho propio- por los trabajos cumplidos ante esta Alzada.

Y CONSIDERANDO:

  1. En forma previa, corresponde señalar que el actor inició la presente demanda con el objeto de obtener el recálculo y reajuste de sus haberes previsionales,

    cuestión ésta que luego de ser sustanciada, fue acogida por el Juez de grado, conforme surge de la Resolución de fecha 11/06/2014 (fs. 49/52). En tal ocasión, los honorarios fueron regulados en el 11% del capital actualizado. Dicho pronunciamiento fue modificado parcialmente por este Tribunal con fecha 17.08.2017, con costas en el 10%

    a cargo de la actora y 90% a cargo de la demandada, difiriéndose la estimación de emolumentos de la Alzada para su oportunidad (fs. 76/77).

    Posteriormente, comparece la letrada patrocinante de la parte actora, doctora M.E.T. de Otero -por derecho propio-, solicitando la regulación de honorarios correspondiente a su actuación en la Alzada, mediante escrito agregado al Sistema Lex 100.

  2. Ahora bien, en función de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Establecimiento las Marías S.A.C.I.F.A. c/ Misiones,

    Provincia de s/ acción declarativa” (Sentencia del 4 de septiembre de 2018), en donde resolvió que: “en el caso de los trabajos profesionales, el derecho se constituye en la Fecha de firma: 21/12/2023

    Firmado por: A.G.S. TORRES, PRESIDENTE DE SALA

    Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: G.S.M., G.S.M.

    Firmado por: S.B., SECRETARIA DE CAMARA

    oportunidad en que se los realiza, más allá de la época en que se practique la regulación (Fallos~ 321:146; 328:1381; 329:1066, 3148, entre muchos otros)”, cabe poner de resalto que las labores profesionales que aquí se ponderan a los fines de la regulación de honorarios han sido practicadas bajo la vigencia de la ley arancelaria 21.839, y su...

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