Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 10 de Julio de 2018, expediente CIV 034503/2014

Fecha de Resolución10 de Julio de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 34503/2014 KOSTEN ESTEBAN C/ MERCADO LIBRE S.R.L.

S/ORDINARIO.

Buenos Aires, 10 de julio de 2018.

  1. El actor dedujo recurso extraordinario en fs. 575/585 contra la sentencia de esta Sala de fs. 551/561, y cuyo traslado se respondió en fs.

    588/604.

  2. Debe comenzar por señalarse que la cuestión resuelta atañe a circunstancias de hecho, regidas por el derecho común y procesal, cuya valoración excluye, como principio, la posibilidad de habilitar esa vía extraordinaria (C.S.J.N. Fallos 270:22, 274:273, 287:457, 291:449).

    Además, que tampoco se advierte que concurran en el caso razones suficientes para apartarse excepcionalmente de dicho criterio, en tanto la decisión cuestionada cuenta con adecuados fundamentos que obstan a su descalificación como acto jurisdiccional, circunstancia que excluye la tacha de "arbitrariedad" invocada.

    Y es así que los argumentos vertidos por el recurrente sólo configuran una discrepancia con la interpretación realizada en la sentencia, por lo que la admisión del recurso en esas condiciones importaría atribuirle una finalidad correctora –en una tercera instancia– de un fallo erróneo o que se tiene por tal como consecuencia del desacuerdo con la solución adoptada, lo que se presenta claramente inadmisible.

    Por otra parte, la cuestión federal que se invoca con sustento en normativa del Mercosur no fue alegada con anterioridad a la articulación del Fecha de firma: 10/07/2018 Alta en sistema: 11/07/2018 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: JULIO FEDERICO PASSARON, SECRETARIO DE CAMARA #19762787#209205849#20180710120220482 recurso extraordinario, por lo que su planteo es formalmente improcedente.

    De allí...

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