Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 26 de Abril de 2023, expediente CNT 029187/2019/CA001

Fecha de Resolución26 de Abril de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente nro. CNT 29187/2019/CA1

JUZGADO Nº 63

AUTOS: "KOHAN, G.M. Y OTROS c/ TELEFONICA

DE ARGENTINA S.A. s/ DIFERENCIAS DE SALARIOS"

Ciudad de Buenos Aires, 26 del mes de abril de 2023.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. El conflicto negativo de competencia suscitado entre los Magistrados a cargo de los Juzgados Nacionales de Primera Instancia del Trabajo nros. 41 y 63

    (ver fs. 26, 59, 68 y 69 digital, Sistema LEX100).

    De la cuestión de competencia, se corrió vista a la Fiscalía General. El señor Fiscal General Interino, quien se expidió, conforme el Dictamen nro.

    725/2023 del 18/04/2023.

  2. Del cotejo de la causa caratulada: “K., G.M. c/

    Telefónica de Argentina S.A. s/ Diferencias de Salarios”, Expediente nro.

    50231/2012 que tramitara ante el Juzgado Nacional del Trabajo nro. (cfr. Sistema LEX100), revela que los -aquí- accionantes iniciaron una demanda contra Telefónica de Argentina S.A. en procura del pago de las diferencias salariales que finalmente comprendió los períodos correspondientes a noviembre de 2010 a marzo de 2016. En dicho pleito, obtuvo sentencia favorable en primera instancia,

    temperamento que fuera compartido por la Sala IX y que, en la actualidad, se encuentra en etapa de ejecución de sentencia.

    En las presentes actuaciones el mismo litisconsorcio activo inicia una demanda contra Telefónica de Argentina S.A. solicitando el pago de las diferencias salariales que detalla en la planilla de liquidación del escrito de inicio,

    por los períodos posteriores a los comprendidos en el expediente anterior hasta el dictado de la sentencia definitiva (ver escrito de inicio digitalizado a fs. 34/49).

    El examen de ambas causas evidencia que los sujetos activos y pasivos son los mismos, al igual que el reclamo (diferencias salariales), lo cierto y concreto es que, en la causa primigenia ha recaído sentencia definitiva y, en este contexto, correspondería que el Juzgado Nacional de Trabajo nro. 63 que ha sido Fecha de firma: 26/04/2023

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

    .

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA 1

    sorteado de acuerdo con las disposiciones contempladas en el Cuerpo Orgánico relativo al sorteo y adjudicación de causas en primera instancia, intervenga en la decisión de la presente contienda, pues no se encuentra ningún elemento objetivo que justifique soslayar dicho sorteo.

    Cabe recordar, que la admisión del forum conexitatis, reglado en el artículo 6° del Código...

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