Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 15 de Septiembre de 2014, expediente COM 094628/1998

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial CAMARA COMERCIAL - SALA B 94628/1998 - KLOSOWSKI JOSE LUIS c/ MASSALIN-PARTICULARES S.A. Y OTROS s/ORDINARIO CAMARA COMERCIAL - SALA B.

Buenos Aires, 15 septiembre de 2014.

Y VISTOS:

En caso de rechazo total de la demanda debe computarse como monto del proceso a los fines regulatorios, el valor íntegro de aquélla; dado que son aplicables analógicamente las reglas que rigen el supuesto de demanda totalmente admitida, pues el interés económico discutido en el pleito no varía según que la pretensión deducida prospere totalmente o sea rechazada. A esos efectos la misma trascendencia tiene el reconocimiento de un derecho como la admisión de que el supuesto derecho no existe (C.S.J.N.

in re "Resinas Naturales S.A.I.C. y C. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales."

del 07.06.05, -Fallo: T: 328 F: 1929-).

Es criterio de esta S., que en casos como el de autos, donde se rechazó la pretensión incoada, corresponde tomar como monto del juicio, la suma reclamada al tiempo de su promoción con más sus intereses, de conformidad con las pretensiones incoadas en el escrito inaugural de la instancia (conf. CNCom., esta S., in re "W.C.O. y otro c/ La Caja de Seguros S.A. s/ ordinario", de 26.10.2010; in re "J.S.O. c/ P.D. s/ ordinario" del 30.03.12; in re "B.S.A. c/ Caja de Seguros S.A. s/ ordinario", del 21.02.13).

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