Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 23 de Agosto de 2022, expediente FLP 014200/2021/CA001

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 23 de agosto de 2022.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP

14200/2021/CA1, caratulado: “KIERNICKI, I.C. Y

OTRO c/ OSMECON SALUD s/AMPARO LEY 16.986”.-

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado de OSMECON SALUD, D.F.A.J., por considerar elevados los honorarios regulados en la sentencia de fecha 08 de julio de 2022 a favor de la Dra. V.M.T., en su carácter de letrada patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS CIENTO

    VEINTISEIS MIL CATORCE ($126.014), equivalente a 14 UMA

    (conf. arts. 16, 29, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423 y Acordada Nº 12/2022 CSJN).

  2. Sentado ello, valorada la actuación de la mentada profesional en cuanto a su mérito, extensión,

    eficacia y resultado obtenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 27.423, y toda vez que los honorarios de la parte actora no fueron apelados por bajos entiende el Tribunal que deben confirmarse los honorarios de la Dra. V.M.T. en la suma equivalente a 14 UMA, lo que representa en la actualidad a PESOS CIENTO VEINTISEIS

    MIL CATORCE ($126.014), conforme lo dispuesto en la Acordada CSJN N° 12/2022 y artículo 51 de la Ley 27.423.

    Por ello en orden a las consideraciones que anteceden, SE

    RESUELVE:

    Rechazar el recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado de OSMECON SALUD y,

    consecuentemente, confirmar los honorarios de la Dra.

    V.M.T. en la suma equivalente a 14 UMA,

    lo que representa en la actualidad a PESOS CIENTO

    VEINTISEIS MIL CATORCE ($126.014), (conf. Acordada CSJN

    N° 12/2022).

    Fecha de firma: 23/08/2022

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    Regístrese, notifíquese, devuélvanse las actuaciones de manera electrónica y comuníquese la remisión por DEO al juzgado interviniente.

    R.A.L.A.C.Á.J. de Cámara Juez de Cámara E.S.F.S. de Cámara Fecha de firma: 23/08/2022

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

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