Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 3 de Mayo de 2016, expediente COM 014065/1991/CA003

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 14065 / 1991 KESTNER S.A. s/ QUIEBRA Buenos Aires, 3 de mayo de 2016.-

Y VISTOS:

Estos autos para entender en los recursos interpuestos a fs. 10342/3 y fs. 10345/8:

  1. ) Apelación deducida por el síndico a fs. 10342/3:

    1. El síndico A.P. apeló subsidiariamente la resolución dictada en fs. 10338/10339, donde la Sra. Juez de Grado le impuso que en el plazo de diez -10- días presentara una nueva distribución de fondos con las pautas allí fijadas, incluyendo los emolumentos regulados en esa resolución.-

      Sostuvo el funcionario que tal disposición no resultaría procedente, habida cuenta que los honorarios allí regulados fueron apelados por su parte, por lo que no cabía su inclusión en un nuevo proyecto y su pago como se ordenara.-

    2. Ahora bien, visto que estas actuaciones han sido elevadas a esta Alzada a los fines de tratar el presente recurso como así también las apelaciones deducidas contra los emolumentos fijados al síndico y su letrado, se aprecia que la materia recursiva en análisis, ha devenido abstracta.-

      Ello pues, una vez revisados los emolumentos por este Tribunal, como infra se hará, ya se habrá removido el óbice señalado por el síndico para que éstos sean incluidos en el proyecto y pagados, como fuera ordenado por la magistrada de grado.-

      En función de ello, debe desestimarse el recurso en tratamiento.-

  2. ) Apelación deducida contra los emolumentos regulados a fs.

    10339:

    Fecha de firma: 03/05/2016 Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: I.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA #21195503#152151497#20160502090108518 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional En relación a estos recursos, a los fines de la revisión de los honorarios en cuestión, deben tenerse en cuenta los parámetros utilizados por esta Alzada en fs. 10290/10293 -apartado 5-, en cuanto al monto que comprende la base regulatoria, además de...

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